Corte Constitucional niega tutela sobre traducir los procesos electorales

El alto tribunal la declaró improcedente.
Elecciones realizadas en Corferias
Corferias es el principal punto de votaciones en Bogotá. Crédito: Colprensa

La Corte Constitucional negó un recurso de tutela que interpuso una integrante de la comunidad raizal de SAI del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, una minoría étnica cuya lengua materna es el creole, en busca de que los procesos electorales se tradujera a su lengua nativa.

La tutela se interpuso contra la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Ministerio del Interior, por supuestamente vulnerar los derechos a la igualdad, participación política, integridad cultural y étnica y oficialidad de la lengua nativa.

Ella le contó a la Corte que la comunidad raizal no cuenta con material electoral en su lengua nativa para los comicios regionales y nacionales, lo cual impide a los integrantes de dicho grupo étnico ejercer su derecho al voto a conciencia.

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Esa situación, según ella, eleva la baja participación de los raizales en las elecciones y desincentiva a las nuevas generaciones a aprender su lengua nativa, incrementando el riesgo de que ésta desaparezca.

Sin embargo, la respuesta que la Corte le dio fue negativa. La sala tercera de revisión de tutelas declaró como improcedente el recurso.

Los magistrados integrantes de la Sala, Antonio José Lizarazo, Alejandro Linares y Paola Andrea Meneses –con ponencia de esta última-, consideraron que no se presentaba ese peligro inminente que la accionante contó en la tutela, porque no hay prueba de elecciones próximas en la isla de San Andrés

“Para el momento de la instauración del amparo no existía una situación inminente y cierta de vulneración o amenaza para tales garantías constitucionales”, sostuvo la Corte.

Sin embargo, sí le hizo un llamado a la Registraduría a velar por la protección de la integridad étnica y el derecho de la oficialidad de las lenguas en el marco del proceso electoral.

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En el proceso la Registraduría le demostró a la Corte que en el 2019, en el departamento, había 49.843 ciudadanos habilitados para votar y que para ese año se tradujo la información electoral relacionada con la inscripción de cédulas, trashumancia, delitos electorales y el ejercicio del derecho al voto a las lenguas embera, wayuunaiki, sicuani, misak y arawak.


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