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Corte Constitucional dejó en firme liquidación de la EPS indígena Manexka

El alto tribunal falló la tutela que presentó en su momento el Cabildo Mayor Regional del Pueblo Zenú del Resguardo Indígena de San Andrés de Sotavento, Córdoba y Sucre.

Actualizado:
Martes, Abril 24, 2018 - 04:05
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Corte Constitucional / Colprensa.

La Corte Constitucional dio vía libre a la decisión de la Superintendencia de Salud de liquidar la EPS indígena de Córdoba, Manexka. Con ponencia del magistrado Alberto Rojas Rios, el alto tribunal falló la tutela que presentó el Cabildo Mayor Regional del Pueblo Zenú del Resguardo Indígena de San Andrés de Sotavento Córdoba, y Sucre, en contra de las resoluciones que expidió el año pasado la Supersalud y que ordenaban la liquidación de la EPS.

Para la Corte, la Superintendencia tiene competencias para ordenar este tipo de liquidaciones, pero al mismo tiempo ordenó realizar consultas previas a las comunidades indígenas para que participen en esas decisiones.

La Corte habló de una "concertación con la comunidad actora, diálogo que recaerá en torno a la selección de la EPS a la que desearían ser transferidos los usuarios indígenas o si quisieran permanecer en de las EPS receptoras".

La Corte respaldó que la Superintendencia Nacional de Salud hubiese trasladado de manera provisional a los pacientes indígenas de la EPS a otras empresas promotoras de salud ante el trámite de intervención forzosa y liquidación de aquella compañía, sin que previamente se hubiese efectuado un diálogo con la comunidad Zenú.

"Es una medida que garantizaba la continuidad del servicio de salud de los usuarios y evitar consecuencias catastróficas en dicho servicio para los indígenas. Sin embargo, ello no exoneraba la obligación de realizar una consulta posterior a esa remisión transitoria", añadió la Corte.