¿Serán repatriados a Colombia más de 1.500 condenados en Ecuador?

Con base en el censo penitenciario de 2022, en el Ecuador habrían más de 3.200 privados de la libertad de nacionalidad extranjera.
Cárcel
Cárcel Crédito: Pixabay

A mediados de diciembre del 2023, se conoció que Ecuador anunció que más 1.500 reclusos extranjeros serían expulsados del país vecino como parte del plan de Gobierno para mitigar la creciente violencia del narcotráfico y las bandas criminales, la mayoría de los condenados son de Colombia, Perú y Venezuela.

Con base en el censo penitenciario de 2022, en el Ecuador habrían más de 3.200 privados de la libertad de nacionalidad extranjera, lo que representa un 10% del total de la población carcelaria, de los cuales 2.900 son hombres.

El presidente Daniel Noboa, aseguró que ya se comunicó con las cancillerías de los países para lograr la repatriación de los condenados.

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Por lo anterior, el ministro de Justicia, Néstor osuna, se refirió al tema y aseguró que el gobierno Petro cuenta con toda la disposición para cooperar. Sin embargo, destacó que se deben cumplir una serie de requisitos y que serán prioridad los condenados que están enfermos, pero por ahora no existe ninguna solicitud formal desde Ecuador.

“Entendemos la situación, pero nuestra legislación, con todo el ánimo de colaboración que tenemos, nos obliga a estudiar caso por caso y a mirar en cuáles proceden y en cuáles no proceden, siempre que la iniciativa venga de la persona privada de la libertad, porque esa repatriación es voluntaria. Dicho lo anterior, estamos dispuestos a recibir las solicitudes si es que llegan", dijo el Ministro de Justicia.

Así mismo, fue enfático en señalar que no es una iniciativa gubernamental, sino de la persona. Incluso en el 2023, la cartera de Justicia recibió desde Ecuador diez solicitudes de repatriación de personas privadas de libertad y se aprobaron siete.

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Requisitos para la repatriación desde Ecuador de colombianos privados de la libertad:

El Ministro enunció algunas de las condiciones que deberá cumplir el condenado, entre ellas, que haya una declaración escrita del sentenciado en la que manifieste su consentimiento para ser trasladado, exposición de motivos para solicitar la repatriación, estar condenado y con sentencia ejecutoriada, haber cumplido al menos el cincuenta por ciento de la pena y que el traslado sea previamente aprobado por las autoridades del país en que se encuentre el condenado, cuando se trate de ciudadanos colombianos.

Si bien, la repatriación se estudia caso a caso, debe ser por vía diplomática y debe ser evaluada por la Comisión Intersectorial, la cual está conformada por la Cancillería, el Inpec y el Ministerio de Justicia.


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