En los últimos días, distintas aerolíneas decidieron suspender temporalmente algunas rutas que involucran el espacio aéreo venezolano, tras la advertencia del presidente de EE.UU., Donald Trump, quien señaló que debería cerrarse en su totalidad, el espacio aéreo en ese país, en medio de la tensión con Nicolás Maduro.
En medio de esas decisiones y la circulación de reportes sobre interferencias en navegación o alertas de seguridad, se generó un debate público sobre las razones técnicas y jurídicas detrás de estos anuncios.
Para analizar el tema, La FM Fin de Semana entrevistó a Guillermo de Armas, experto venezolano en aeronáutica y abogado aeronáutico.
Decisiones operativas de las aerolíneas
El especialista señaló que en la aviación civil “lo que se prioriza es el tema de la seguridad”, razón por la cual cada empresa evalúa sus condiciones operativas, antes de continuar o suspender vuelos en determinada zona.
"Las aerolíneas están en su derecho de decidir si operar o no de acuerdo a las circunstancias”, afirmó.
De Armas señaló que son los pilotos quienes tienen el criterio técnico para tomar decisiones inmediatas durante un vuelo.
En ese sentido, aseguró que en el caso de rutas hacia Venezuela, las compañías revisan primero “cómo es el contexto del sitio donde están operando” y luego consideran la opinión de las tripulaciones.
Esa combinación de factores determina “si terminar operando la ruta o decidir hacer una suspensión”, como ocurrió recientemente con empresas que anunciaron pausas en vuelos desde Bogotá y Panamá.
De Armas insistió en que estas determinaciones son principalmente técnicas y que cada aerolínea actúa según su evaluación interna. “La seguridad es primero”, enfatizó.
Regulación del espacio aéreo y origen de la controversia
Consultado sobre la legalidad de suspender vuelos o restringir el espacio aéreo, Guillermo De Armas explicó que el marco internacional se basa en el Convenio de Chicago, que establece el principio de soberanía de cada país sobre su espacio aéreo.
“Venezuela es quien decide si se vuela en su país o no”, afirmó De Armas, al tiempo que agregó que tanto para operaciones domésticas como internacionales, el Estado es el que define si permite o no la actividad aerocomercial.
El abogado indicó que la situación reciente está influida por actividades militares en la región, que han dado lugar a distintos avisos oficiales.
Mencionó que la controversia se origina por esos movimientos militares y que ha motivado la emisión de NOTAMs en zonas como la Región de Información de Vuelo (FIR, por sus siglas en inglés) de San Juan y de Curazao. Dijo que estos avisos informan a las tripulaciones civiles sobre operaciones militares que podrían afectar la navegación.
De Armas señaló que los NOTAMs obligan a las aeronaves civiles a reportar al control de tránsito aéreo cualquier operación detectada y que pueda interferir con su navegación. Añadió que algunas de estas advertencias también fueron difundidas por autoridades estadounidenses, lo que generó inquietudes adicionales en el sector civil.
Sobre reportes de aeronaves militares que no aparecen en radares convencionales, aclaró que su análisis no aborda operaciones militares en sí mismas, sino el efecto que estas actividades generan sobre la aviación comercial.
Comentó que la parte militar “es harina de otro costal”, y que su enfoque se limita a cómo estas situaciones inciden en las rutas y procedimientos del sector civil.
Operación comercial y visibilidad de vuelos
Al ser consultado sobre la información que aparece en plataformas como Flightradar, De Armas explicó que las aeronaves comerciales venezolanas continúan operando según sus itinerarios nacionales e internacionales.
Indicó que cuando un vuelo aparece sin origen o destino visible, no representa necesariamente una irregularidad, sino que depende de la información proporcionada por cada operador a dichas plataformas.
El experto manifestóque mientras continúen las advertencias y avisos operativos, las aerolíneas seguirán ajustando sus rutas de acuerdo con sus protocolos internos de seguridad.
Concluyó que las decisiones finales recaen en el criterio técnico de pilotos, tripulaciones y compañías aéreas, dentro del marco regulatorio establecido.