Trabajar los domingos será mejor pagado desde el 13 de julio: así deberán pagarle la hora

También le contamos en cuánto se elevará el valor de la hora ordinaria de trabajo con la reducción de la jornada laboral. Esto es lo que debe saber.
Pago dominicales y festivos
Desde el domingo 13 de julio, le pagarán más por trabajar domingos y festivos. Esto es lo que deberán pagarle. Crédito: Pixabay y Freepik

El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó desde el Foro Internacional de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), realizado en Barranquilla, que desde este fin de semana los recargos dominicales y festivos aumentarán del 75% al 80%.

Antes de la reforma laboral, los trabajadores recibían un recargo del 75% sobre la hora ordinaria por laborar domingos y festivos. Sin embargo, este porcentaje se incrementará de forma gradual hasta llegar al 100%. A partir del domingo 13 de julio, comenzará a aplicarse el nuevo recargo del 80%. Luego, en julio de 2026 subirá al 90% y finalmente en 2027 alcanzará el 100%.

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Adicionalmente, desde el 15 de julio la jornada laboral semanal se reducirá de 46 a 44 horas, sin disminución salarial, como parte de los cambios establecidos por la reforma.

Pago horas
Desde el 15 de julio la jornada laboral se reducirá, por lo que el valor de la hora ordinaria de trabajo aumentará.Crédito: Pixabay

¿Cuánto subirá el pago de la hora de trabajo en dominicales y festivos?

Lo anterior significa que, a partir del 13 de julio, todos los trabajadores que presten sus servicios durante domingos y festivos recibirán una remuneración superior en comparación con años anteriores. Actualmente, con una jornada laboral de 46 horas semanales y un salario mínimo de $1.423.500 en 2025, la hora ordinaria equivale a $6.189. Bajo el recargo dominical del 75%, el valor adicional por hora es de $4.642, lo que significa que una hora trabajada en domingo se paga en total a $10.831.

Con el incremento del recargo al 80%, el valor adicional sube a $4.951 y la hora dominical se pagará en $11.140, lo que representa un aumento de $309. Esto implica que, por cumplir con una jornada laboral de ocho horas, el trabajador ahora percibirá $89.120. Antes de la entrada en vigor de la reforma, ese mismo tiempo se remuneraba con $86.648.

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Además, desde el 16 de julio, la jornada semanal máxima se reducirá de 46 a 44 horas. Esta modificación elevará el valor de la hora ordinaria, ya que el salario mensual no cambiará. En consecuencia, esta hora pasará de $6.189 a $7.471.

Pesos colombianos
A partir del 13 de julio, todos los trabajadores que presten sus servicios durante domingos y festivos recibirán una remuneración superior en comparación con años anteriores.Crédito: Pixabay

¿Y qué pasa con las horas extra?

Previo a los recientes ajustes laborales, un trabajador que devengara el salario mínimo recibía $12.378 por cada hora extra laborada en domingos o festivos. Sin embargo, tras la entrada en vigor de las nuevas disposiciones, ese valor aumentó. Para este año, el pago sería de $12.687 si se calcula sobre una jornada semanal de 46 horas; y de $13.263, si se toma como base una semana laboral de 44 horas.

¿Qué pasa si no le pagan?

Ante la entrada en vigor del nuevo esquema de recargos dominicales y festivos, surge una inquietud recurrente entre los empleados: ¿qué hacer si la empresa no aplica correctamente estos pagos? En conversación con El Colombiano, Darío Ramírez, socio de la firma de abogados Serrano Martínez CMA, explicó que el primer paso es dirigir una solicitud formal al empleador para que reconozca la omisión y realice el desembolso correspondiente.

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En caso de no obtener respuesta, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo para interponer una queja que active una investigación y posibles sanciones contra la compañía. “El trabajador podría presentar una demanda ante un juez laboral, para que el empleador sea condenado a pagar los recargos correspondientes, junto con las reliquidaciones de prestaciones sociales, aportes al sistema de seguridad social, vacaciones e indemnizaciones según el caso”, puntualizó Ramírez.

Persona preocupada
Si su jefe no le aplica los cambios, puede acudir al Ministerio de Trabajo.Crédito: Freepik

El Gobierno nacional por su parte precisó que, en caso de no llegar a un acuerdo directo con el empleador, el trabajador tiene la posibilidad de acudir ante el inspector de trabajo. En esta instancia podrá recibir orientación, interponer una queja por posibles incumplimientos y, dependiendo de la situación, explorar una conciliación en asuntos susceptibles de negociación, como las indemnizaciones o los tiempos y métodos de pago.

Para recibir más información, puede contactarse gratuitamente desde teléfono fijo al 01 8000 513 100 o desde celular marcando la línea 120 del Ministerio de Trabajo.


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