Gobierno prepara decreto para eliminar retención del 1,5% en pagos con tarjetas

Gobierno alista decreto para eliminar esta retención, aplicable desde marzo de 2026 en todo el país.
Tarjeta de crédito
La medida busca fomentar una cultura de ahorro en tres los colombianos. Crédito: Colprensa

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó el borrador de decreto con el que se busca eliminar la retención en la fuente del 1,5% aplicada a los pagos realizados con tarjetas de crédito y débito.

La medida, que entraría en vigencia a partir del 1 de marzo de 2026, fue anunciada por el Gobierno el pasado 7 de noviembre y ahora se concreta en un proyecto normativo.

El documento modifica el artículo 1.3.2.1.8. y deroga el artículo 1.3.2.1.2. del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

En su exposición de motivos, el Gobierno señala que “los pagos o abonos en cuenta realizados a través de tarjetas de crédito y/o débito, susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto sobre la renta por concepto de venta de bienes o servicios, no están sometidos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta”.

Transferencias de bajo monto y billeteras digitales

La memoria justificativa explica que la decisión responde a la evolución de los sistemas de pago electrónicos, como transferencias de bajo monto, billeteras digitales y códigos QR, especialmente la plataforma Bre-B que actualmente no están sujetos a retención.

Según el texto, “existe un tratamiento dispar en la tarifa de retención en la fuente entre estos pagos realizados por medios electrónicos y los pagos realizados a través de tarjetas de crédito y/o débito y, en esa medida, se hace necesario modificar el artículo 1.3.2.1.8. (…) para eliminar la retención del uno coma cinco por ciento (1,5%)”.

El decreto también aclara que, en los casos en que disposiciones especiales establezcan tarifas de retención superiores al 0%, estas seguirán aplicándose “con independencia del medio de pago”.

Además, se precisa que la base de retención deberá descontar impuestos, tasas y contribuciones incorporadas en el valor de la transacción, así como las propinas.

En cuanto al impacto económico, el documento señala que la eliminación de la retención tendría un efecto fiscal neutro en el mediano plazo, aunque implicaría una reducción de recursos de caja en 2026.

¿Cuándo se aplica la retención del 1,5% en pagos con tarjeta?

No obstante, se espera que la medida incentive el uso de medios de pago electrónicos y bancarizados, lo que podría aumentar la trazabilidad de las operaciones y mejorar el cumplimiento tributario.

El borrador de decreto cita estudios internacionales que advierten que las cargas aplicadas a pagos con tarjeta tienden a reflejarse en precios más altos y desincentivar la bancarización, mientras que la eliminación de estas retenciones puede “mejorar la eficiencia del sistema de pagos” y “elevar la tasa de cumplimiento tributario”.

La retención en la fuente del 1,5% sobre pagos con tarjetas de crédito y débito se ha venido aplicando en Colombia, desde 2001.

Funciona como un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta: cada vez que un consumidor paga un bien o servicio con tarjeta, el banco o la entidad que procesa la transacción descuenta automáticamente ese porcentaje y lo gira a la DIAN.

¿Cómo funciona la retención?

• Al pagar con tarjeta de crédito o débito en un comercio, el valor que recibe el establecimiento ya viene reducido por la retención.
• El descuento se aplica sobre el ingreso del vendedor, no sobre el bolsillo del comprador. Es decir, el consumidor paga el precio completo, pero el comercio recibe el monto menos la retención.
• La retención opera como anticipo del impuesto de renta, por lo que no constituye un impuesto adicional, sino un adelanto que luego se descuenta en la declaración anual.

Documento: (Revise aquí): Borrador de decreto MinHacienda sobre retención para compras con tarjetas.

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