Reforma tributaria: alimentos y ultraprocesados que tendrán impuestos

Estos serán los artículos de la canasta familiar y alimentos que quedarán gravados con impuesto.

Radicada la ponencia para segundo debate del proyecto de reforma tributaria, La FM le cuenta cuáles serán los artículos de la canasta familiar y alimentos que quedarán gravados con impuesto y que serán discutidos por el Congreso.

La tarifa del impuesto será del 10% en el 2023, de 15% en el 2024 y de 20% en el 2025. Sin embargo, hay algunas excepciones en cuanto a la composición del alimento o producto y así se entenderá cómo un procesado o no.

Lea además: El precio del pan no sube por la reforma tributaria: Gustavo Petro

Para segundo debate, la ponencia indica que se entenderá por producto ultraprocesado aquel al que se le hayan adicionado grasas; aquellos en los que durante el proceso de elaboración se hayan utilizado como ingrediente grasas vegetales o animales, aceites vegetales parcialmente hidrogenados (manteca vegetal, crema vegetal o margarina) e ingredientes que los contengan agregados.

Entre ellos los siguientes:

1. Productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte; excepto el arequipe.

2. Embutidos y productos similares de carne, despojos, sangre o de insectos; preparaciones alimenticias a base de estos productos, excepto salchichón, mortadela y butifarra.

3. Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos, sangre o de insectos.

4. Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco).

5. Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.

6. Mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería.

7. Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte.

8. Productos de panadería, pastelería o galletería (no se paga si el productor es persona natural con ingresos brutos de menos de 10.000 UVT) incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares. Excepto las obleas.

9. Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), sin congelar, excepto los productos de la partida 20.06.

10. Hortalizas, frutas u otros frutos o sus cortezas y demás partes de plantas, confitados con azúcar (almibarados, glaseados o escarchados).

11. Confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.

12. Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.

13. Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.

14. Helados, incluso con cacao.

15. Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte.

Bebidas que tendrían impuestos:

1. Yogur, suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante.

2. Lactosuero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.

3. Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada.

4. Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva y el agua de coco) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.

5. Mezclas en polvo de extractos, esencias y concentrados de café, té o yerba mate y preparaciones a base de estos productos o a base de café, té o yerba mate; achicoria tostada y demás sucedáneos del café tostados y sus extractos, esencias y concentrados.

6. Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas de la partida 20.09.

7. Preparaciones compuestas cuyo grado alcohólico volumétrico sea inferior o igual al 0,5% vol, para la elaboración de bebidas.

Más noticias: "En 24 meses tendremos un pan de más o menos 800 pesos", según Adepan

Productos sin impuestos:

1. Derivados lácteos definidos como productos elaborados a partir de leche higienizada coagulada por acción de microrganismos como lactobacillus bulgáricus, streptococcus termóphilus, streptococcus lactis o cremoris, los cuales deben estar abundantes y viables en el producto final.

2. Las fórmulas infantiles.

3. Medicamentos con incorporación de azúcares adicionados.

4. Los productos líquidos o polvo para reconstituir cuyo propósito sea brindar terapia nutricional para personas que no pueden digerir, absorber y/o metabolizar los nutrientes provenientes de la ingesta de alimentos.

5. Alimentos líquidos y/o polvos para propósitos médicos especiales.

6. Soluciones de electrolitos para consumo oral diseñados para prevenir la deshidratación producto de una enfermedad.


Temas relacionados

Dólar en Colombia

Precio del dólar en casas de cambio este lunes 17 de agosto de 2026: esto recibe si compra 100 dólares

Consulte el precio de la divisa americana en Colombia para su compra y venta en las casas de cambio.
Dólares



El Torneo Internacional del Joropo recoge ayudas con destino a las víctimas del terremoto

La versión 58 del Torneo Internacional del Joropo que se realiza este fin de semana en Villavicencio recoge ayudas humanitarias con destino a los afectados por el terremoto en Colombia

¿Se puede recibir la pensión y seguir trabajando? Esto dice la norma en Colombia

Esta duda surge cuando algunas personas llegan a la edad de pensión y quieren mantener una fuente adicional de ingresos.

Fundación busca construir casas con plástico reciclado para víctimas del terremoto: así funciona

Botellas de Amor transforma residuos plásticos flexibles en perfiles usados para construir viviendas, parques, muebles y otros espacios para comunidades.

Encontraron en Pereira el cuerpo sin vida de Juan Felipe Giraldo, el hombre que se iba a casar con su prometida este fin de semana

Juan Felipe Giraldo

Eva Ferrer podría pasar de acusadora a acusada

A partir de esa documentación, se estaría contemplando iniciar acciones contra Eva Ferrer con el propósito de establecer si existe un posible enriquecimiento ilícito.

Jaime Dussán, de Colpensiones, y su pareja también recibieron notaría

Jaime Dussán y Paola Palmariny

🔴 EN VIVO: Terremoto en Colombia hoy 14 de agosto: cifra de muertos y desaparecidos

nte la emergencia, el Gobierno de Abelardo de la Espriella puso en marcha medidas de atención y coordinación con las zonas afectadas.

Terremoto en Colombia: así puede ayudar a los damnificados si no tiene dinero para donar

Voluntarios apoyan la recepción y organización de ayudas humanitarias para los damnificados por el terremoto en Colombia.

Impactante escena en Pereira: cuerpos quedaron expuestos tras el colapso de un cementerio por terremoto

Mientras se define cómo avanzar con las labores, el cementerio ha utilizado cal sobre los cuerpos expuestos.

Reconstruir Colombia tras el terremoto costará más de $20 billones, advierten desde AmCham

María Claudia Lacouture

Gobernador revela por qué tantas edificaciones colapsaron tras el terremoto en Pereira

El gobernador explicó que el departamento también adelantaba un recorrido por las infraestructuras críticas, entre ellas hospitales, alcaldías, estaciones de bomberos y sedes de la Policía Nacional.

“No habrá persecución política y tendré toda la independencia”: nuevo contralor general

Jorge Eliécer Laverde