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Reforma pensional: ¿Cuál es el orden en el que se hereda la pensión en Colombia?

La ley define qué grupo de personas se quedarán con el dinero de la pensión si el titular fallece.

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Actualizado:
Jueves, Mayo 29, 2025 - 16:19
Reforma pensional
Reforma pensional en Colombia
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Desde el 1 de julio comienza a regir un nuevo sistema de pensión en Colombia con la entrada en vigencia de la reforma pensional. Esta se estructura a partir de la implementación de cuatro pilares (contributivo, semicontributivo, solidario y ahorro voluntario) que buscan una mayor cobertura hacia quienes cumplen con los requisitos para su jubilación.

Si bien esta reforma introduce diferentes cambios en la forma en que se accede a la pensión en Colombia, hay otras normas que, por el contrario, se mantienen. Entre ellas, se encuentra el orden en el que se hereda el dinero en caso de que el titular fallezca.

Reforma pensional
A partir de julio de 2025, entrará en vigencia un nuevo modelo pensional en Colombia que transformará por completo la forma en que los ciudadanos cotizan para su retiro.
Senado de la República

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¿Qué cambios hay frente a la herencia de la pensión?

La reforma pensional contempla cambios con respecto a quiénes heredarán la pensión en Colombia, ya que se busca proteger a los familiares de primer grado del titular para que ellos no tengan dificultades al momento de cobrarla, teniendo en cuenta que son los directos beneficiarios del afiliado que falleció.

Por ejemplo, el nuevo sistema excluye de los beneficiarios a las exparejas separadas de hecho que no hayan convivido más de cinco años con el afiliado antes de su nacimiento a fin de evitar alguna disputa entre parejas discontinuas o distanciadas.

Así las cosas, el orden para heredar la pensión se mantendrá exactamente igual sin importar la entrada en vigencia de la reforma pensional. Eso significa que el cónyuge será el primer beneficiario en recibir el dinero que percibía el titular por su jubilación.

Pensionado con pareja
Pensionado con su pareja
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¿Qué condiciones debe cumplir la cónyuge para heredar la pensión?

La principal condición para que el cónyuge herede la pensión es que demuestre una convivencia igual o mayor a cinco años junto al titular antes de su fallecimiento. En caso de que ocurra una separación de hecho, pero hay un compañero permanente que cumple con estos requisitos, pasará a cobrar el dinero.

Sin embargo, si se demuestra que el titular convivía de forma simultánea con su pareja y con su compañero permanente, la pensión se repartirá de forma igualitaria para que ambos puedan disfrutar de una parte de la herencia.

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¿Cómo sigue el orden en el que se hereda la pensión?

Si el afiliado que falleció no contaba con una pareja o compañero permanente, o si este no cumplía con las condiciones descritas anteriormente, pero cuenta con un hijo, este recibirá el monto de la pensión hasta que cumpla la mayoría de edad o los 25 años en caso de que se encuentre estudiando. También aplica si presenta alguna discapacidad o invalidez con pérdida igual o superior al 50%.

Por otra parte, si el titular tuvo hijos con su pareja o compañero permanente, el dinero se repartirá entre partes iguales hasta que los primeros cumplan la mayoría de edad.

Pensionados con su hija
Pensionados con su hija
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Si no se cumplen alguna de estas dos condiciones, los padres del titular fallecido heredarán directamente la pensión siempre y cuando dependan económicamente de él; pero si esto tampoco sucede, los hermanos inválidos recibirán el dinero al ser los siguientes en la lista de beneficiarios.

Cabe recordar que la pensión se brinda con el objetivo de respaldar económicamente a una persona si cumple con los requisitos para acceder a su jubilación. En este caso, 1.300 semanas de cotización en su fondo y tener 62 años de edad, en el caso de los hombres, o 57 para las mujeres.

Fuente:
Sistema Integrado Digital