Pensión de invalidez 2025: cuánto pagarán y quiénes son los beneficiarios

Conozca cuántas semanas debe tener para acceder al beneficio y cuál será el monto que recibirá. Todos los detalles, aquí.
Pensiones por invalidez
El sistema de pensiones en Colombia se prepara para una transformación significativa con la reforma aprobada el 14 de junio. Crédito: Pixabay y Pexels

Para evitar la competencia entre Colpensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), así como para garantizar un acceso más amplio al sistema pensional en Colombia, el Gobierno de Gustavo Petro promulgó la Ley 2381 de 2024, conocida como reforma pensional. Con esta norma, el esquema de jubilaciones pasó a ser un sistema de ahorros gestionados por el Estado y las administradoras privadas.

Así, el cambio más importante que tiene el nuevo sistema es que Colpensiones administrará las pensiones de quienes ganen hasta 2.3 salarios mínimos mensuales ($3.274.050). Las personas que superen ese monto, deberán destinar el excedente a un fondo privado, asegurando así el manejo complementario del ahorro pensional.

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La norma, que entrará en vigencia el 1 de julio de 2025, también estableció que el reconocimiento de la pensión de invalidez se mantendrá en el nuevo sistema, siempre que los solicitantes cumplan con ciertos requisitos.

Pesos colombianos
La pensión por invalidez se mantendrá en Colombia, siempre y cuando los solicitantes cumplan con ciertos requisitos.Crédito: Camila Díaz-RCN Radio

Quiénes recibirán la pensión por invalidez en 2025

De acuerdo con la reforma pensional, la pensión por invalidez es un derecho adquirido por los cotizantes, y que será reconocida por la Administradora del Componente de Prima Media, quien deberá contratar un seguro provisional o el mecanismo que defina el Gobierno para el cubrimiento de esa contingencia.

"En caso de que no se hayan dado las condiciones para la contratación del referido seguro, el Gobierno nacional podrá definir otros mecanismos de aseguramiento para el pago de la suma adicional necesaria para financiar las pensiones de invalidez y sobrevivientes del Sistema de Protección Social para la Vejez", se lee en la nueva ley.

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La normativa precisó que la contratación del seguro de la pensión por invalidez “será colectivo y de participación y deberá regirse bajo los principios de selección objetiva, pluralidad de oferentes, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, con el fin de que haya transparencia en los procesos de selección y contratación”.

Invalidez y silla de ruedas
Para acceder a la pensión por invalidez en Colombia, es necesario cumplir ciertos requisitos establecidos en la normativa vigente.Crédito: Pixabay

Teniendo en cuenta esos parámetros, la reforma estableció que se podrá acceder a la pensión por invalidez cuando el cotizante haya perdido el 50% o más de su capacidad laboral y:

  • Haya cotizado 50 semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la pérdida de capacidad laboral por enfermedad o accidente.
  • Los menores de 20 años que acrediten haber cotizado 26 semanas en el año “inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria".

El fondo de pensiones será el encargado de evaluar y certificar la pérdida de capacidad laboral. El objetivo es que, si el cotizante sufre un accidente o una enfermedad ajena al ámbito laboral, se acerque al fondo y presente la solicitud.

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"Para la calificación de la pérdida de capacidad laboral y la revisión de la pensión de invalidez, así como las entidades responsables del mismo, se regirán por las normas que actualmente lo reglamentan, lo modifiquen o la sustituyan", aclaró la reforma.

Pesos colombianos
Las personas menores de 20 años también podrán acceder a la pensión por invalidez.Crédito: Pixabay

De cuánto será el pago de la pensión por invalidez en 2025

La reforma estableció que la pensión de invalidez para los colombianos no podrá superar el 75% del ingreso base de liquidación. En ciertos casos, se considerará únicamente el 45% de dicho ingreso, más un 1,5 % adicional por cada 50 semanas cotizadas después de las primeras 500 semanas. Esto aplica cuando la disminución de la capacidad laboral del beneficiario sea del 50% al 66%.

La normativa añadió que “el 54% del ingreso base de liquidación, más el 2% de dicho ingreso por cada cincuenta (50) semanas de cotización que el(la) afiliado(a) tuviese acreditadas con posterioridad a las primeras ochocientas (800) semanas de cotización, cuando la disminución en su capacidad laboral es igual o superior al 66%”.


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