MinTrabajo advierte que la prima de mitad de año debe pagarse, de cualquier forma

Ángel Custodio Cabrera confirmó que aunque se realice trabajo en casa, se tienen que respetar todas las condiciones laborales.
Dinero
Crédito: COLPRENSA

El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, entrego detalles de los alcances del decreto 770 de 2020 que establece unas medidas especiales laborales que serán tenidos en cuenta durante la pandemia del coronavirus.

Explicó que solo mediante unos acuerdos trabajadores y empleadores podrán definir el pago de la prima de junio, hasta por tres cuotas, los cuales tendrán que realizarse a más tardar el 20 de diciembre.

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La prima, como cualquier derecho de los trabajadores, se debe pagar. Pero se establece un acuerdo que es que se pueda pagar en el segundo semestre en tres pagos”, manifestó, el funcionario.

¿Dijo que también se definió el subsidio a la prima, el cual aplicará al número de trabajadores que estén vigentes en la nómina del mes de junio y el valor será de 220 mil pesos”, sostuvo.

Subsidio desempleo

Además, anunció que se amplió el número de beneficiarios en el subsidio al desempleo que los colombianos reciben a través de las Cajas de Compensación Familiar.

“Logramos aumentar la cobertura para las personas que fueron despedidas y que están cesantes pero requieren ayuda del gobierno nacional a través de las Cajas de Compensación Familiar; es por eso que se logra pasar de 91 mil personas que han sido beneficiadas a 150 mil personas lo que nos permite un incremento de cerca de 60 mil nuevos subsidios para el desempleo”, resaltó.

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También señaló que el decreto establece la disponibilidad de diferentes turnos laborales con el propósito de evitar que sus trabajadores utilicen el servicio de transporte masivo al mismo tiempo.

“La idea es que en mismo día puedan utilizar diferentes turnos, actualmente se permiten de seis horas y el objetivo es ampliarlos a ocho y hasta doce horas sin ningún tipo de recargo, siempre y cuando se tenga una muy buena concertación empleador con el trabajador”, destacó.

Auxilio a contratos cesantes

Dijo que también se creó el auxilio a trabajadores en suspensión contractual, mediante el cual se entregarán, transferencias monetarias no condicionadas a favor de los trabajadores dependientes.

Con el objetivo de proteger a los trabajadores que, por la coyuntura de la pandemia, se quedaron sin ingresos pero que continúan con un vínculo laboral con su empleador ya sea por suspensión del contrato o por licencia no remunerada”, resaltó.

A su vez resaltó que se creó este auxilio por un valor de $160.000 mensuales por el número de meses en los que el trabajador haya estado en suspensión contractual durante abril, mayo y junio del presente año.

“Lo que indica que este giro mensual se otorgará máximo por tres meses a cada trabajador”, mencionó.

Trabajo en Casa

El ministro Ángel Custodio Cabrera señaló, además, que con la reglamentación del trabajo en casa mediante una circular se mantiene la relación laboral con los trabajadores.

“Aquí no puede haber disminuciones unilaterales de salarios con el pretexto de que el trabajo se realiza en casa. Se respetan las horas de trabajo, ocho horas diarias y 48 horas semanales; así como los descansos en la jornada laboral. Se deben promover pausas, aplica el pago de horas extras, el pago de dominicales y festivos de acuerdo con la ley”, indicó.

El funcionario hizo un llamado especial a los trabajadores a respetar el trabajo en casa y todo lo que esto implica.

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En el trabajo en casa hay que mantener las relaciones familiares y el ámbito familiar de los trabajadores hay que respetarlo es por eso que se deben mantener unas relaciones armónica”, subrayó.

Dijo que los correos electrónicos como también los mensajes vía WhatsApp tendrán que realizarse en la jornada laboral.

Esto es combase en la sentencia de la Corte Constitucional donde se establece que tienen que ser en las jornadas laborales, por eso es importante llegar a unos acuerdos para no incurrir en faltas, aquí la base es la comunicación”, indicó.

Señaló que es importante que los trabajadores en sus casas informen a las Administradoras de los Riesgos Laborales (ARL) que se encuentran realizando esta actividad laboral, donde se debe tener en cuenta el autocuidado.

“Las ARL deben tener en cuenta el trabajo en casa ante cualquier emergencia. Es importante tener un autocuidado integral así como cuando si se estuviera en el lugar de trabajo”, puntualizó.


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