En medio de cuestionamientos jurídicos, alertas del sector empresarial y advertencias de organismos de control, más de 15.000 empresas en Colombia se preparan para pagar desde el 1.º de abril la primera cuota del impuesto al patrimonio creado por el Gobierno bajo la figura de emergencia económica.
El cumplimiento no responde a certeza sobre la legalidad del tributo, sino a la necesidad de evitar sanciones, intereses o embargos, en un contexto de presión fiscal, dudas sobre su constitucionalidad y preocupaciones por sus efectos en la inversión, el empleo y la estabilidad jurídica.
Un impuesto excepcional en un escenario de presión fiscal
El nuevo impuesto al patrimonio empresarial se da en un contexto de desbalance en las finanzas públicas. El Presupuesto General de la Nación para 2026 comenzó con un faltante de $13,6 billones, lo que ha llevado al Gobierno a buscar fuentes extraordinarias de financiación.
En ese marco, el Ejecutivo expidió el tributo mediante decreto en el contexto de la emergencia económica derivada de la ola invernal, con una meta de recaudo cercana a $8 billones. Sin embargo, estimaciones privadas como las de Anif proyectan que el monto podría ser menor, alrededor de $6,3 billones.
El impuesto se aplicará a empresas con patrimonio líquido superior a $10.474 millones y se pagará en dos cuotas: el 1.º de abril y el 4 de mayo. Las tarifas son de 1,6% para los sectores financiero y minero energético, y de 0,5% para el resto de actividades.
Un diseño basado en patrimonio y no en capacidad de pago
Uno de los puntos más cuestionados del impuesto tiene que ver con su base gravable. A diferencia de otros tributos, este no se calcula sobre utilidades sino sobre el patrimonio líquido de las empresas, es decir, la suma de todos sus activos menos sus pasivos.
El exviceministro de Hacienda, Alberto Londoño, explicó en entrevista con La FM que este enfoque introduce una distorsión relevante, pues no distingue entre empresas con liquidez y aquellas cuyo patrimonio está concentrado en activos no líquidos.
Según detalló, el problema radica en que se mide la riqueza contable, pero no la capacidad real de pago. Puso como ejemplo una empresa con una bodega adquirida hace años, cuyo valor puede superar los $10.000 millones, pero que no necesariamente genera ingresos suficientes para asumir el impuesto.
En sus palabras, el tributo termina recayendo sobre inversiones acumuladas:
“El impuesto al patrimonio, sobre todo cuando grava los bienes inmuebles, lo que está es castigando a esas empresas de mayor tiempo y adicionalmente a las que tienen unas inversiones altas en activos que no son líquidos. No es que tengan los recursos en cuentas corrientes o de ahorro, sino que lo tienen invertido”.
Londoño insistió en que el problema no es solo técnico, sino económico:
“No están mirando realmente la capacidad de las empresas de pagar el impuesto, sino esa suma de su patrimonio, sin entender que los activos, como los inmuebles, no son activos líquidos”.
Liquidez y operación: empresas obligadas a reaccionar en el corto plazo
El efecto inmediato de este diseño, según los analistas, es una presión directa sobre la caja de las empresas.
Durante la entrevista, Londoño explicó que muchas compañías no tienen el flujo necesario para responder a la obligación en los tiempos establecidos, lo que las obliga a tomar decisiones operativas complejas.
Describió tres caminos posibles:
“Les están diciendo a las empresas: tiene que salir a vender activos, tiene que salir a despedir personas o tiene que salir a endeudarse para pagar el impuesto. Así el año pasado haya sido un mal año o incluso haya tenido pérdidas”.
Esta lectura fue respaldada por el presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, quien también en entrevista con La FM advirtió sobre las consecuencias inmediatas del tributo en el funcionamiento de las empresas.
Explicó que el problema no es solo el impuesto en sí, sino la forma en que se ha implementado:
“Para una empresa es supremamente complicado todo este manejo tributario (…) con estas reglas de juego y con esta interrelación tan compleja con el Gobierno, que básicamente lo que hace es tratar de aumentar las cargas tributarias”.
Mac Master detalló que ya se están observando efectos concretos en el tejido empresarial:
“Hay compañías que están vendiendo activos, hay compañías que están liquidando inversiones y definitivamente es un impuesto a la inversión y a la generación de empleo”.
Una carga concentrada en los mismos contribuyentes
Otro de los puntos desarrollados por el presidente de la ANDI tiene que ver con la concentración del recaudo en un grupo reducido de empresas formales.
Según explicó, el nuevo impuesto no amplía la base tributaria, sino que aumenta la carga sobre quienes ya cumplen:
“Esos impuestos se le van a cobrar a las empresas que pagan impuestos hoy en día. No será a las que nunca han pagado, no será a las que la DIAN no tiene identificadas, tampoco será al grupo informal”.
En ese sentido, advirtió que el problema estructural del sistema tributario colombiano se mantiene:
“Es verdad que el total de impuestos en Colombia no es muy alto, pero es verdad que las empresas que pagan impuestos pagan impuestos altísimos”
Sectores impactados: más allá de las grandes corporaciones
Aunque el debate público ha girado en torno a grandes empresas, Londoño insistió en que el impacto es mucho más amplio.
Explicó que no solo grandes compañías como bancos o petroleras estarán obligadas a pagar, sino también empresas medianas con activos acumulados:
“Todas las empresas que tengan más de 10 mil millones de patrimonio tendrán que pagar el impuesto. No solo las grandes, también muchas que han construido su patrimonio a lo largo del tiempo”.
En esa línea, mencionó ejemplos concretos de distintos sectores, desde industria hasta comercio, enfatizando que el criterio del impuesto no distingue entre tamaño operativo o rentabilidad.
Impacto en sectores específicos: educación, energía y estructura empresarial
Más allá del análisis general, uno de los puntos que más preocupa a los expertos es cómo el impuesto afecta de manera diferenciada a sectores con características particulares, especialmente aquellos intensivos en activos fijos.
Durante la entrevista con La FM, el exviceministro Alberto Londoño desarrolló el caso del sector educativo, que se ha convertido en uno de los ejemplos más claros de las distorsiones del diseño del tributo. Explicó que universidades con décadas —incluso siglos— de funcionamiento han acumulado un patrimonio significativo en infraestructura, pero no cuentan con liquidez suficiente para responder a una obligación de este tipo.
En ese contexto, puso un caso concreto:
“Es una universidad que tiene 150 años y tiene unos edificios muy valiosos, pero no puede salir a venderlos para pagar el impuesto. ¿De dónde va a sacar 25 mil millones de pesos si lo único que recibe son las matrículas y no está generando utilidades de ese tamaño?”.
El punto de fondo, según explicó, es que este tipo de entidades no persigue fines de lucro, lo que hace más compleja su situación financiera frente a un impuesto que no distingue entre naturaleza jurídica ni modelo de operación:
“Ellos no tienen ese concepto de enriquecerse, sino que están prestando un servicio, y los están castigando por tener unos activos grandes que han construido a lo largo del tiempo”.
En el sector energético, particularmente en el caso de Ecopetrol, el análisis también se amplía. Londoño explicó que el impuesto llega en un momento de deterioro en los indicadores financieros de la compañía, lo que incrementa el impacto de la carga tributaria.
Detalló que la empresa ha enfrentado una caída significativa en utilidades y un aumento en costos de producción, lo que reduce su margen operativo. En ese contexto, introducir un nuevo impuesto sobre el patrimonio no solo afecta los resultados financieros inmediatos, sino que también limita la capacidad de reinversión.
En sus palabras: “Estos impuestos están haciendo que la rentabilidad cada día sea menor y que haya menos inversión para poder darle sostenibilidad a la empresa”.
Además, advirtió sobre el efecto acumulativo de la carga fiscal en este tipo de compañías:
“Ecopetrol ya paga muchos impuestos, paga regalías, paga dividendos. Llega un momento en que la carga es tan alta que se reduce la actividad y, al final, también se reduce el recaudo”.
Problemas de planeación empresarial: ruptura de ciclos financieros
Otro de los aspectos que se ha discutido con mayor detalle en las entrevistas es el impacto del impuesto en la planeación financiera de las empresas.
Londoño explicó que las compañías estructuran sus flujos de caja y obligaciones tributarias con base en ciclos anuales claramente definidos, normalmente con corte al 31 de diciembre. A partir de ese cierre, proyectan pagos, provisiones y estrategias financieras.
Sin embargo, en este caso, el Gobierno estableció una fecha de corte distinta y exigió el pago en un plazo muy corto, lo que rompe ese esquema.
Según detalló:
“Una empresa hace el cierre de sus operaciones a 31 de diciembre y ese día sabe cuáles fueron sus utilidades, cuál es su patrimonio. Aquí les dijeron: vamos a hacer un corte a una fecha distinta y además los vamos a obligar a pagar muy rápido”.
El problema no es solo el cambio en la base de cálculo, sino la velocidad de implementación:
“Les dijeron con menos de un mes que tenían que salir a pagar este impuesto. Eso obliga a sacar recursos que no estaban presupuestados”.
Esto, según explicó, genera un efecto en cadena:
- desajustes en flujo de caja
- necesidad de financiación de corto plazo
- presión sobre decisiones operativas
Y agregó un elemento adicional que agrava el escenario:
“Les toca salir a pedir prestado en un momento en el que los intereses son muy altos”.
Arista jurídica: alcance de la emergencia y control constitucional
El frente jurídico se ha convertido en uno de los ejes centrales del debate.
El impuesto fue creado mediante el Decreto Legislativo 173 de 2026, en el marco de la emergencia económica declarada por el Gobierno. Sin embargo, tanto gremios como analistas han cuestionado si se cumplen los requisitos constitucionales para utilizar este mecanismo.
El Consejo Gremial Nacional, en su pronunciamiento, desarrolló ampliamente este argumento. Señaló que la Constitución establece condiciones estrictas para la declaratoria de emergencia, entre ellas la existencia de una relación directa entre la crisis y las medidas adoptadas.
En ese sentido, advirtió:
“La Constitución solo permite declarar una emergencia cuando existe una relación directa entre la crisis y la imposibilidad de atenderla por vías ordinarias. En este caso, esa justificación no se ha demostrado”.
El gremio también cuestionó el uso del impuesto como mecanismo de financiación general:
“No hay ninguna relación conocida entre la plata que quiere recaudar el gobierno y los dineros para atender exclusivamente la emergencia”.
En la misma línea, Bruce Mac Master explicó que desde el sector empresarial se ha solicitado formalmente a la Corte Constitucional la suspensión provisional del decreto, precisamente para evitar efectos irreversibles mientras se toma una decisión de fondo.
Detalló que la solicitud se hizo por escrito tanto al Gobierno como a la Corte:
“Le pedimos a la Corte que estudiara la posibilidad de suspenderlo hasta tanto se pudiera pronunciar de fondo (…) porque resulta tan sorpresivo como complejo para las empresas”.
Además, advirtió que la falta de claridad jurídica genera un problema adicional:
“Estamos en una situación muy compleja, porque las empresas tienen que pagar sin saber si el impuesto se va a mantener o no”.
Advertencias de la Contraloría: diseño, ejecución y riesgos institucionales
El análisis institucional también ha sido ampliado por la Contraloría General de la República, que revisó los decretos expedidos en el marco de la emergencia.
El organismo identificó fallas tanto en el diseño como en la implementación de las medidas, lo que introduce un nuevo elemento de preocupación: la capacidad del Estado para ejecutar adecuadamente los recursos que se buscan recaudar.
En su pronunciamiento, la Contraloría señaló la necesidad de ajustar el marco técnico y jurídico:
“Es necesario revisar y aplicar bien los criterios y alcances definidos en la Ley 1523 de 2012”.
Además, hizo énfasis en la responsabilidad sobre el uso de los recursos:
“El Gobierno tiene la obligación legal de garantizar el recaudo adecuado y oportuno de estos recursos y su debida destinación y uso exclusivo”.
El organismo también alertó sobre decisiones específicas, como la reasignación de recursos a entidades que no necesariamente cuentan con la capacidad técnica para ejecutarlos.
En particular, cuestionó el traslado de recursos a la UNGRD para proyectos complejos:
“No tiene la experticia ni la estructura organizacional para gestionar el diseño, ejecución e interventoría de obras de esta especificidad”.
A esto se suma una advertencia sobre el impacto en la confianza:
“Modificar reglas sin soporte técnico puede generar inseguridad jurídica y pérdida de confianza inversionista”.
Finalmente, la Contraloría dejó una conclusión de fondo sobre la efectividad de las medidas:
“De nada sirve adoptar estas medidas si las entidades responsables no mejoran su gestión y su capacidad de inversión”.
Uso de recursos: dudas sobre la relación entre recaudo y emergencia
Uno de los puntos más reiterados en las entrevistas es la falta de claridad sobre el destino específico de los recursos.
Londoño fue enfático en señalar que el monto que se espera recaudar no guarda una relación directa con las necesidades inmediatas de la emergencia:
“Están esperando recaudar cerca de 8 billones de pesos que no guardan ninguna relación con los gastos que se van a hacer para atender la emergencia”.
Explicó que muchas de las soluciones planteadas por el Gobierno son de carácter estructural —como acueductos o infraestructura—, lo que implica tiempos de ejecución largos.
En ese sentido, cuestionó el uso de la figura de emergencia:
“La atención de la emergencia no se puede utilizar como justificación para financiar el presupuesto”.
Debate de fondo: gasto público, modelo tributario y sostenibilidad fiscal
El análisis de los gremios también se ha centrado en el origen del problema fiscal.
El Consejo Gremial Nacional planteó que el desequilibrio no debe abordarse únicamente a través de nuevos impuestos, sino mediante una revisión del gasto público.
En su pronunciamiento señaló:
“No es válido recurrir a tributos excepcionales sin haber agotado medidas de austeridad”.
Y agregó:
“El gasto público ha aumentado de forma sostenida sin mejores resultados”.
Bruce Mac Master, por su parte, complementó esta visión al advertir sobre la recurrencia de medidas tributarias en los últimos años:
“Se han planteado varias reformas tributarias (…) y ahora se vuelve a aumentar la carga sobre los mismos contribuyentes”.