El Ministerio de Hacienda dio reversa al polémico límite del 30% impuesto en abril a las inversiones de los fondos de pensiones en el exterior. La cartera publicó un proyecto de decreto que busca eliminar las disposiciones que obligaban a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a reducir progresivamente su exposición a activos internacionales. El Gobierno sustenta el cambio en un análisis técnico que advierte que mantener el tope puede reducir el rendimiento esperado y aumentar el riesgo de los portafolios.
La propuesta plantea derogar los artículos 2.6.12.1.27, 2.6.12.1.28 y 2.6.12.1.29 del Decreto 2555 de 2010, incorporados por el Decreto 369. Estas disposiciones establecieron el límite del 30%, las condiciones para cumplirlo y el régimen de transición para que las AFP ajustaran sus portafolios.
De esta manera, el Gobierno busca dar reversa a una de las medidas que había modificado la forma en que las administradoras podían distribuir los recursos de los trabajadores entre inversiones nacionales y extranjeras.
El proyecto todavía debe surtir el trámite correspondiente. En caso de ser expedido, comenzaría a regir desde el día siguiente a su publicación.
¿Qué establecía el Decreto 369?
El Decreto 369 de 2026 modificó el Decreto 2555 y estableció un límite global de 30% para las inversiones en activos del exterior de los Fondos de Pensiones Obligatorias.
La norma contemplaba una implementación gradual y establecía que las AFP debían presentar ante la Superintendencia Financiera un plan de ajuste para alcanzar progresivamente ese porcentaje. El plazo para presentar dicho plan era de seis meses después de la entrada en vigencia del decreto, es decir, hasta el 7 de octubre de 2026.
El objetivo planteado por el Gobierno en ese momento estaba relacionado con aumentar la inversión de los recursos pensionales en Colombia.
Sin embargo, el nuevo documento técnico de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) concluye que las condiciones jurídicas y financieras cambiaron después de la expedición del Decreto 369, por lo que considera necesario revisar nuevamente esa restricción.
El cambio en la reforma pensional
Uno de los principales argumentos para retirar el límite está relacionado con la entrada en vigencia de parte de la Ley 2381 de 2024.
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-264 del 25 de agosto de 2026, declaró exequible la mayor parte de la reforma pensional por los vicios de procedimiento examinados y estableció que las disposiciones declaradas exequibles entrarían en vigencia el 1 de abril de 2027.
Para Hacienda, este nuevo escenario modifica la composición de los afiliados y los flujos de cotizaciones que se habían tenido en cuenta cuando se diseñó el mecanismo de convergencia hacia el límite del 30%.
El documento estima que cerca del 45% de los recursos actualmente administrados por el RAIS corresponde a afiliados que serían beneficiarios del régimen de transición.
Esto reduce la base de recursos sobre la cual operaría el límite establecido por el Decreto 369. Según las estimaciones de la URF, los recursos nacionales asociados a esta población llegarían a unos $232 billones en 2031, aproximadamente $77 billones menos que el monto que actualmente está invertido en Colombia.
Por esa razón, Hacienda considera que el límite perdería efectividad frente a los objetivos de política pública que llevaron a su creación.
El análisis de riesgo y rentabilidad
El Gobierno también sustentó la propuesta en un ejercicio técnico de asignación de portafolios realizado por la URF con base en la teoría de media-varianza de Markowitz.
El análisis tomó cuatro índices: COLCAP y COLTES, correspondientes al mercado colombiano, y MSCI ACWI y BARCLAYS, como referencias de activos internacionales. La serie histórica utilizada comprende desde enero de 2013 hasta diciembre de 2025.
La URF comparó dos escenarios: uno sin un límite agregado para las inversiones en el exterior y otro con una restricción del 30%.
En el escenario sin límite, el portafolio analizado asignaría 41,48% a activos internacionales. Con el límite, esa exposición tendría que reducirse a 30%.
La diferencia también se refleja en el riesgo y el rendimiento esperado. En el ejercicio de largo plazo, el rendimiento esperado pasa de 6,80% sin límite a 6,26% con el tope del 30%, mientras que el riesgo aumenta de 9,88% a 10%.
La conclusión de la URF es que la restricción geográfica reduce las alternativas disponibles para construir un portafolio eficiente y puede deteriorar la relación entre riesgo y retorno.
El efecto en el periodo 2021-2025
El documento también analiza el comportamiento de los portafolios durante diferentes periodos.
Para 2021-2025, el portafolio de mínima varianza sin límite asignaba 49,4% a activos del exterior, con un riesgo de 10,84%. Al aplicar el límite del 30%, el riesgo aumentaba hasta 11,28%.
En el caso del portafolio que maximiza el indicador de Sharpe, la participación en activos externos pasaba de 64,8% a 30%, mientras que el indicador caía de 0,827 a 0,729.
Al comparar portafolios con el mismo nivel de rentabilidad durante ese periodo, la URF calculó un incremento relativo promedio del riesgo de 15,8%, con un máximo de 23,6%.
¿Qué ocurrió con las inversiones desde que se expidió el decreto?
La URF también revisó información reportada por las AFP a la Superintendencia Financiera con cortes al 31 de marzo y 31 de julio de 2026.
El valor total de las inversiones en el exterior pasó de $255 billones a $248 billones, una disminución de $7,21 billones. Como proporción del portafolio, la participación cayó de 48,4% a 44,5%, es decir, 3,9 puntos porcentuales.
No obstante, el documento aclara que esta reducción no se explica por una decisión de las AFP de dejar de adquirir activos en el exterior.
Entre abril y julio, las inversiones denominadas en dólares aumentaron cerca de US$5.728 millones, un 8,6% en moneda original. Cuando esos activos se expresan en pesos colombianos, registraron una caída de 6,2%, principalmente por la apreciación del peso frente al dólar.
Por esto, la URF concluye que el límite del 30% todavía no había generado un efecto real sobre las decisiones de inversión de las AFP, debido también al periodo de transición establecido por el Decreto 369.
¿Qué pasaría con los ahorros de los trabajadores?
La propuesta no elimina las reglas prudenciales que deben cumplir las AFP.
El documento señala que los recursos de los afiliados deben continuar administrándose bajo criterios de seguridad, rentabilidad, liquidez, diversificación y adecuada gestión del riesgo.
La diferencia estaría en que las administradoras ya no tendrían que cumplir un límite global de 30% por la sola ubicación geográfica de los activos.
La URF sostiene que la diversificación entre distintas jurisdicciones, monedas, sectores y clases de activos permite reducir riesgos de concentración y mejorar la relación entre riesgo y retorno de las inversiones de largo plazo.
Por eso, el proyecto plantea que las decisiones de inversión deben estar orientadas por la protección del ahorro y la relación entre rentabilidad y riesgo, más que por una restricción general asociada al lugar donde se encuentran los activos.
Asofondos respalda la reversa del Gobierno
Desde Asofondos, el gremio de las administradoras de fondos de pensiones, se recibió con beneplácito la propuesta de Hacienda.
El gremio considera que mantener portafolios diversificados permite mejorar la gestión del riesgo y de la liquidez y ampliar las posibilidades de rentabilidad de los ahorros de los trabajadores.
En ese sentido, Asofondos sostuvo que “un portafolio que es diversificado siempre será mejor”, porque puede permitir “mayor rentabilidad, mejor gestión del riesgo y mejor gestión de la liquidez” frente a un portafolio con menor diversificación.
Esta posición coincide con el análisis incluido por la URF, que señala que la diversificación constituye uno de los mecanismos para reducir los riesgos de concentración y mejorar el perfil riesgo-retorno de las inversiones de largo plazo.
El límite no desaparecería todavía
Aunque Hacienda publicó el proyecto, el límite del 30% continúa vigente mientras no se expida y publique el nuevo decreto.
La propuesta busca eliminar los tres artículos del Decreto 2555 que fueron incorporados por el Decreto 369 y restablecer un régimen en el que las AFP puedan estructurar sus portafolios con mayor margen de diversificación.
El Gobierno sostiene que la modificación busca adecuar las reglas de inversión al nuevo escenario jurídico generado por la reforma pensional y mantener la administración de los recursos bajo criterios de seguridad, rentabilidad, liquidez y gestión del riesgo.
¿Qué propone Hacienda sobre el límite del 30% a las pensiones en el exterior?
Hacienda propone eliminar el límite del 30% establecido para las inversiones de los Fondos de Pensiones Obligatorias en activos del exterior, mediante la derogatoria de tres artículos del Decreto 2555 de 2010 incorporados por el Decreto 369 de 2026.
¿Por qué Hacienda da reversa al límite del 30% de las inversiones pensionales?
Hacienda da reversa al límite del 30% porque el nuevo escenario de la reforma pensional modificó los flujos y la composición de los afiliados. Además, el análisis de la URF encontró que mantener la restricción puede reducir el rendimiento esperado y aumentar el riesgo de los portafolios.
¿Qué pasará con las inversiones de los fondos de pensiones en el exterior?
Las inversiones de los fondos de pensiones en el exterior tendrían mayor margen de diversificación si se aprueba el proyecto. Las AFP seguirían sometidas a criterios de seguridad, rentabilidad, liquidez, diversificación y gestión del riesgo.
¿Cuánto aumenta el riesgo con el límite del 30% para los fondos de pensiones?
El riesgo aumenta de 9,88% a 10% en el ejercicio de largo plazo de la URF, mientras el rendimiento esperado cae de 6,80% a 6,26%. Para 2021-2025, el incremento relativo promedio del riesgo para un mismo nivel de rentabilidad fue de 15,8%.