El mercado automotor colombiano atraviesa una transformación marcada por el crecimiento de los vehículos eléctricos e híbridos. Según el más reciente boletín de Fenalco y la Andi, que utiliza datos del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), en agosto de 2026 se matricularon 13.737 vehículos de estas tecnologías, aproximadamente la mitad de los 27.124 vehículos nuevos registrados durante ese mes.
El cambio también se evidencia en las cifras de crecimiento frente al año anterior. Los vehículos eléctricos registraron un aumento de 176 % en sus matrículas, mientras que los híbridos crecieron 51,6 %. Entre enero y agosto, el mercado automotor acumuló 213.377 vehículos nuevos, un incremento de 42,1 % frente al mismo periodo de 2025.

Estos son los beneficios tributarios para carros eléctricos e híbridos
El crecimiento de estas tecnologías también ha puesto el foco en los incentivos tributarios que existen en Colombia para determinadas inversiones en movilidad eléctrica. Entre los beneficios contemplados se encuentran la exclusión del IVA, una deducción especial en el impuesto sobre la renta de hasta el 50 % de la inversión, utilizable hasta por 15 años, la exención arancelaria y la depreciación acelerada, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
La UPME (Unidad de Planeación Minero-Energética) mantiene estos cuatro incentivos dentro del esquema vigente para inversiones en movilidad eléctrica. Sin embargo, acceder a ellos depende de que el vehículo cumpla los requisitos correspondientes y de la certificación de la entidad.
“El crecimiento que está mostrando este mercado hace que los incentivos tributarios cobren cada vez mayor relevancia. Para un comprador particular, pueden reducir el costo efectivo de adquisición del vehículo. Para las empresas que evalúan renovar su flota, pueden tener un impacto directo en la rentabilidad y el período de recuperación de la inversión. Por ello, antes de tomar una decisión de compra, la recomendación es revisar si el vehículo es elegible para los beneficios y evaluar oportunamente el proceso de certificación ante la UPME”, afirmó Hollman Gustavo Carrasco, Senior Manager de Impuestos y Servicios Legales de KPMG Colombia.
No obstante, no todos los vehículos híbridos pueden acceder a estos beneficios. La UPME contempla los vehículos completamente eléctricos y los híbridos PHEV, es decir, híbridos eléctricos enchufables, y HEV, correspondientes a híbridos eléctricos. En cambio, los MHEV o híbridos ligeros no pueden acceder actualmente a estos incentivos.
Aunque los eléctricos e híbridos tienen una tarifa diferencial de IVA del 5 %, solo aquellos que sean elegibles y cuenten con la certificación de la UPME pueden acceder a la exclusión del impuesto y a la deducción especial en renta de hasta el 50 % de la inversión, bajo las condiciones legales.

La UPME certifica que el vehículo cumple los requisitos
La compra de un vehículo que corresponda a una tecnología elegible no garantiza automáticamente el acceso a los incentivos. La UPME debe certificar que el vehículo cumple con las condiciones establecidas por la ley, y expedir un documento que posteriormente que posteriormente debe ser presentado ante la DIAN. El trámite puede ser realizado por personas naturales o jurídicas y actualmente se gestiona de manera electrónica.
Quienes ya compraron el vehículo y pagaron el IVA no necesariamente pierden la posibilidad de acceder al beneficio. De acuerdo con la DIAN, una vez obtenida la certificación de la UPME para un vehículo eléctrico o híbrido elegible PHEV o HEV, el comprador puede acceder a los beneficios establecidos en la Ley 1715 de 2014.
Cuando el concesionario ya facturó y cobró el IVA, ese impuesto puede solicitarse en devolución como pago de lo no debido, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes. Sin embargo, la compra previa no significa que exista un derecho automático a recibir la devolución.
“El momento de la certificación es importante, pero una compra ya realizada no necesariamente cierra la puerta al beneficio. La DIAN ha establecido un procedimiento para aquellos casos en los que el IVA fue pagado y posteriormente se obtiene la certificación de la UPME. Lo fundamental es verificar que el vehículo cumpla los requisitos, obtener la certificación de la UPME y conservar los soportes necesarios para hacer efectivo el incentivo tributario”, explica Carrasco.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Cuántos carros eléctricos e híbridos se matricularon en Colombia en agosto de 2026?
En agosto se matricularon 13.737 vehículos eléctricos e híbridos en Colombia: 4.542 eléctricos y 9.195 híbridos. La cifra representó cerca de la mitad de los 27.124 vehículos nuevos registrados durante el mes.
¿Qué beneficios tributarios tienen los carros eléctricos e híbridos en Colombia?
Los vehículos que cumplen los requisitos pueden acceder a exclusión de IVA, deducción especial en renta de hasta 50 % de la inversión, exención arancelaria y depreciación acelerada. Estos beneficios están sujetos a las condiciones establecidas y a la certificación correspondiente.
¿Qué vehículos híbridos pueden acceder a los beneficios tributarios?
Los incentivos aplican a los vehículos híbridos PHEV y HEV, además de los completamente eléctricos. Los MHEV o híbridos ligeros no pueden acceder actualmente a estos beneficios tributarios.
¿Para qué sirve la certificación de la UPME en la compra de carros eléctricos?
La certificación de la UPME acredita que la inversión cumple las condiciones requeridas para acceder a los incentivos tributarios. El trámite puede realizarse de forma electrónica por personas naturales o jurídicas.
¿Se puede recuperar el IVA de un carro eléctrico o híbrido después de comprarlo?
Sí, en determinados casos. Si después de la compra se obtiene la certificación de la UPME para un vehículo eléctrico, PHEV o HEV elegible, el IVA pagado puede solicitarse en devolución como pago de lo no debido, siempre que se cumplan los requisitos.