Estos pensionados recibirán un pago extra este 2026: fecha y requisitos

Algunos pensionados recibirán la mesada 14 en 2026. Conozca quiénes acceden y cuándo se paga.
Pensionados y Measada 14
Este pago extra se entregará en junio de 2026 a pensionados que cumplan requisitos específicos. Crédito: Freepik

Para miles de pensionados en Colombia, contar con un ingreso adicional puede representar un verdadero alivio económico. En medio del aumento sostenido en los precios de alimentos, servicios y medicamentos, los pagos extra del sistema pensional vuelven a ser tema de interés, especialmente cuando se trata de la mesada 14, un beneficio que no es automático ni universal.

De cara a 2026, este pago anual vuelve a generar expectativa entre los jubilados, ya que solo quienes cumplen con condiciones específicas podrán recibirlo. La normativa vigente establece quiénes tienen derecho a esta mesada adicional, cuándo se paga y cómo se calcula su valor, información clave para evitar confusiones entre los pensionados.

¿Qué es la mesada 14 y cuándo se paga?

La mesada 14 es un pago adicional que se suma a las mesadas ordinarias que reciben algunos pensionados durante el año. En la práctica, funciona como una mesada extra equivalente al valor mensual de la pensión y se entrega una vez al año, en el mes de junio.

Aunque este beneficio fue eliminado para ciertos grupos en reformas anteriores, actualmente se mantiene vigente para un sector específico de jubilados, de acuerdo con las fechas en las que adquirieron su estatus pensional y el monto que reciben mensualmente.

Billetes
En el caso de quienes reciben más de un salario mínimo, el incremento se calcula con base en la inflación del año anterior, medida a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC).Crédito: Colprensa

Pensionados que sí recibirán la mesada 14 en 2026

No todos los pensionados en Colombia tienen derecho a este pago adicional. La ley establece criterios claros que definen quiénes pueden acceder a la mesada 14. Estos son los principales grupos beneficiados:

  1. Pensionados antiguos

Corresponde a quienes obtuvieron su pensión por vejez, invalidez, sobrevivencia o jubilación antes del 25 de julio de 2005. En estos casos, el derecho se mantiene, aunque algunas normas fijan topes relacionados con el monto de la pensión.

  1. Pensionados intermedios

Incluye a las personas que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, siempre que su mesada sea inferior a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

  1. Fuerza Pública y sector Defensa

Los pensionados y retirados de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, así como algunos civiles vinculados al sector Defensa, conservan el derecho a recibir este pago adicional.

  1. Docentes con régimen especial

Los maestros que fueron vinculados o adquirieron su estatus pensional antes del 25 de junio de 2005 continúan recibiendo la mesada 14, según lo establecido en el régimen especial del magisterio.

  1. Casos con reconocimiento retroactivo

Aplica para quienes cumplieron los requisitos pensionales antes del 31 de julio de 2011, pero cuyo reconocimiento oficial se dio años después, siempre que su mesada no supere los tres salarios mínimos.

Los maestros que fueron vinculados o adquirieron su estatus pensional antes del 25 de junio de 2005 continúan recibiendo la mesada 14, según lo establecido en el régimen especial del magisterio.

Colpensiones
Las pensiones equivalentes a un salario mínimo se reajustan de acuerdo con el aumento decretado por el Gobierno Nacional para 2026.Crédito: Colpensiones

¿De cuánto será la mesada 14 en 2026?

El valor de la mesada 14 no es fijo para todos los pensionados, ya que depende del monto de la pensión y del tipo de reajuste que aplique cada año. Tanto la mesada ordinaria como las mesadas adicionales (13 y 14) se ajustan siguiendo las mismas reglas de incremento.

Pensionados que reciben un salario mínimo

Las pensiones equivalentes a un salario mínimo se reajustan de acuerdo con el aumento decretado por el Gobierno Nacional para 2026. Para este año, el salario mínimo quedó establecido en $1.750.905.

Esto significa que, para quienes tienen derecho a la mesada 14, los valores serán:

  • Mesada mensual: $1.750.905
  • Mesada 13: $1.750.905
  • Mesada 14 (si aplica): $1.750.905

La ley garantiza que ninguna pensión puede quedar por debajo de este monto, por lo que el ajuste se realiza de forma automática.

Pensionados con ingresos superiores al salario mínimo

En el caso de quienes reciben más de un salario mínimo, el incremento se calcula con base en la inflación del año anterior, medida a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Para 2026, el IPC certificado fue del 5,1 %, porcentaje que se aplica directamente sobre el valor de la pensión que el jubilado venía recibiendo en 2025. Este aumento también se refleja en las mesadas adicionales, siempre que el pensionado tenga derecho a ellas.

De esta manera, tanto la mesada mensual como la mesada 13 y la mesada 14 se ajustan automáticamente, sin necesidad de realizar trámites ante Colpensiones u otras entidades.


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