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Esto es lo que sucede con la herencia de una persona fallecida que tenía deudas en 2025

Un momento difícil tras una pérdida no solo implica emociones intensas, también conlleva retos legales y financieros que deben atenderse con cuidado.

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Actualizado:
Viernes, Agosto 22, 2025 - 14:31
Deudas
La muerte de un ser querido puede ser un momento difícil, pero también es importante entender cómo se manejan las deudas en la herencia.
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La muerte de un ser querido puede ser un momento difícil porque implica la pérdida definitiva de una persona cercana y confronta a quienes quedan con emociones profundas como el dolor, la tristeza y el vacío.

Pero, además de todas las emociones con las que se debe lidiar, también es necesario prestar atención a cuestiones como la distribución de la herencia, que no solo se basa en la repartición de propiedades y bienes, sino también en las deudas.

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¿Qué pasa con las deudas de alguien que fallece?

La abogada Claudia García, directora jurídica de Clave Judicial y líder de procesos de alto impacto social y empresarial, explica que en Colombia las deudas de una persona que fallece no desaparecen. “Se incluyen en la sucesión y deben pagarse con los bienes que deje el fallecido. Los herederos solo responden con su propio patrimonio si aceptan la herencia sin inventario”, dijo.

Deudas
En Colombia, cuando una persona fallece, sus deudas no desaparecen.
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Según el Ministerio de Justicia y del Derecho, la persona que reciba la herencia de una persona fallecida, sea por medio de un testamento o del orden sucesoral establecido por la ley, recibe no solo los bienes sino también las deudas.

Estas deudas son distribuidas entre los herederos de la misma forma en que se reparten los bienes. Por ejemplo, en el caso de que sean dos herederos, la deuda se divide 50-50; o, si son cuatro, 25 % para cada uno.

Sin embargo, se debe tener en cuenta que existen dos formas de aceptar la herencia: una es de forma pura y la otra, con beneficio de inventario. El primer caso significa que se asumen todos los bienes y deudas del fallecido, mientras que el segundo implica que solo se responde por las deudas hasta el valor total de los bienes heredados.

También existe el derecho a renunciar a la herencia, lo que implica que no se recibirá ningún bien, pero tampoco se tendrá que asumir ninguna deuda. Ese proceso se debe realizar ante un notario o un juez autorizado.

Por otra parte, existe el beneficio de separación, mediante el cual los acreedores del fallecido pueden solicitar que sus deudas no se transfieran a los herederos. Sin embargo, este beneficio no aplica cuando el acreedor ha aceptado al heredero como deudor o cuando los bienes de la sucesión ya han salido de manos de dicho heredero.

Herencia
Según la legislación colombiana, la herencia incluye también las deudas.
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¿Se puede ir a la cárcel por una deuda?

De acuerdo con la abogada Claudia García, no es posible ir a la cárcel por una deuda civil, dado que la ley lo prohíbe. “La única excepción son las cuotas alimentarias, cuyo incumplimiento sí puede generar sanción penal”, explicó.

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Asimismo, agregó que existe la posibilidad de refinanciación, reestructuración o acuerdos de pago durante un proceso jurídico. Lo importante es no esperar a que llegue la orden de embargo.

Además, indicó que con la Ley 2157 de 2021, por medio de la cual se modificó y adicionó la Ley 1266 de 2008, un reporte negativo permanece el doble del tiempo de la mora, hasta un máximo de cuatro años, contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea extinguida la obligación.

Fuente:
Sistema Integrado Digital