Fenalco pide a la Corte Constitucional una vigilancia preventiva sobre decreto de emergencia económica

El dirigente gremial consideró que no se cumplen los requisitos constitucionales para tal medida.
Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco
Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco Crédito: Ilustración La FM |Cortesía Fenalco | Colprensa

El presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal Sanclemente, solicitó a la Corte Constitucional, mantener una atención especial y preventiva frente a la declaratoria de estado de emergencia económica, por parte del Gobierno nacional.

El dirigente gremial consideró que no se cumplen los requisitos constitucionales para tal medida.

El dirigente gremial en una carta enviada al presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, señaló que la situación fiscal es previsible y no hay un hecho sobreviniente que justifique la emergencia.

Consideró que la no aprobación de una ley de financiamiento por parte del Congreso de la República no justifica un estado de excepción y podría afectar la seguridad jurídica, la confianza legítima y la estabilidad económica del país.

Para Fenalco, los decretos que se expedirían durante los estados de excepción producirían efectos jurídicos inmediatos, capaces de consolidar situaciones cuya reversión posterior puede resultar compleja.

El presidente de Fenalco, Jaime Cabal expresó su reconocimiento al magistrado Ibáñez Najar , por su compromiso con la defensa de la Constitución, la separación de poderes y los límites al ejercicio del poder público, principios que constituyen la base de la estabilidad institucional y de la confianza de los sectores económicos y sociales del país.

La Corte Constitucional podría evaluar una suspensión provisional de los efectos de un eventual decreto de emergencia, ante la imputabilidad de las causas alegadas al Gobierno y el riesgo de consolidación de situaciones jurídicas irreversibles contrarias a la Constitución Política.

Tras la declaratoria de estado de emergencia económica, por parte del Gobierno Nacional, la Corte Constitucional podría declarar su inexequibilidad, si no se cumplen los requisitos constitucionales o podría suspenderla provisionalmente, si hay riesgo de consolidación de situaciones irreversibles contrarias a la Constitución política.



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