Muchos trabajadores en Colombia sueñan con el momento en el que finalmente puedan alcanzar su pensión por vejez. Para ello, deben cumplir con los requisitos de edad (57 años las mujeres y 62 años los hombres) y con el número de semanas de cotización al sistema pensional, que puede variar dependiendo del régimen público o privado.
Una vez el trabajador cumpla con todos estos requisitos y cese su vida laboral, tiene derecho a recibir una mesada pensional con la cual podrá vivir su vejez con tranquilidad y plenitud.
Pero, en muchas ocasiones, ya sea por errores administrativos, procesos judiciales u otros factores, los trámites para que la pensión sea reconocida pueden tardar meses, incluso años. Para esos casos, la ley otorga a los jubilados el derecho a recibir un retroactivo pensional, que es el cobro de las mesadas desde el momento en el que cumplieron con los requisitos para pensionarse hasta el momento en el que se les reconoce la pensión.
La ley ofrece herramientas a los pensionados para reclamar su retroactivo pensional. Pero hay que tener cuidado, pues existe un caso bajo el cual el pensionado puede perder el derecho de reclamar su retroactivo.

Este es el caso en el que un pensionado puede perder el derecho a reclamar su retroactivo pensional
Para reclamar el retroactivo pensional, la persona jubilada debe diligenciar y presentar el formulario correspondiente de cada administradora de pensiones para solicitar el pago de las mesadas pendientes. La solicitud debe ir acompañada de la copia del acto de reconocimiento de la pensión, la historia laboral y el documento de identidad.
La administradora de pensiones tiene un mes para evaluar la solicitud y responder mediante un documento si reconoce o no las mesadas reclamadas.
Pero el Ministerio de Justicia y del Derecho hace una fuerte advertencia en su página web: el proceso para reclamar el retroactivo pensional debe hacerse dentro de los tres primeros años después de cumplir con el derecho a pensionarse. Después de ese tiempo, se pierde el derecho al retroactivo pensional.
¿Qué hacer en caso de que el fondo de pensiones niegue el pago del retroactivo pensional?
En caso de que le nieguen el pago del retroactivo pensional, debe acudir a instancias legales, como un juez laboral o la Superintendencia Financiera.
Si el monto a reconocer es inferior a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, puede presentar la demanda por su cuenta, sin necesidad de abogado. Si supera este límite, será obligatorio contar con un abogado para radicar la demanda.

Fecha desde la cual se debe reconocer la pensión
Tenga en cuenta que las fechas desde las que le deben reconocer la pensión son:
- Pensión de vejez: fecha de cumplimiento de requisitos.
- Pensión de sobrevivientes: fecha de la muerte del pensionado o cotizante.
- Pensión de invalidez: fecha de la situación de invalidez o pago de la última incapacidad.
En el caso de Colpensiones, el retroactivo pensional se reconoce a partir del momento en que el ciudadano se haya desafiliado.