Millonarios se pronunció públicamente después de la decisión de la Corte Constitucional que amparó el derecho a la libertad de expresión de un hincha al que le impidieron ingresar varias pancartas de protesta al estadio El Campín de Bogotá. El caso se remonta a julio de 2025 y terminó con un fallo que les exige a los clubes y a las autoridades respetar las críticas pacíficas de los aficionados.
El equipo bogotano publicó un comunicado en cumplimiento de la Sentencia T-324 de 2026, en el que reconoció que la restricción impuesta a los mensajes fue incompatible con las garantías constitucionales.
El pronunciamiento se produjo después de que la Corte revisara lo ocurrido durante un partido frente a Llaneros y concluyera que no existían razones suficientes para impedir el ingreso de las pancartas. La decisión también contempla medidas para evitar que se repitan restricciones injustificadas a las expresiones de los hinchas en los escenarios deportivos.
¿Por qué la Corte Constitucional falló contra Millonarios?
La situación ocurrió el 28 de julio de 2025, cuando Millonarios recibió a Llaneros en el estadio Nemesio Camacho El Campín. En medio del descontento de algunos aficionados por el momento deportivo y el manejo del club, se intentó ingresar tres pancartas con mensajes dirigidos a los jugadores y a los directivos.
Las frases eran: “Club gigante, dirigentes mediocres”, “Jueguen como cobran” y “Algún día tendremos directivos con hambre de gloria, a estos solo les interesa el dinero”.
Sin embargo, las pancartas no pudieron entrar al estadio. La decisión se discutió en el Puesto de Mando Unificado (PMU), instancia en la que participan diferentes autoridades y responsables de la organización y seguridad de los partidos.
El caso llegó a la Corte Constitucional después de que Erik Saavedra Bustos, hincha, abonado y accionista minoritario de Millonarios, presentara una acción de tutela. El aficionado consideró que la prohibición vulneraba su derecho fundamental a la libertad de expresión.
Durante el proceso, la Personería de Bogotá sostuvo que los mensajes no contenían expresiones que incitaran a la violencia ni representaban, por sí mismos, una amenaza para la convivencia. A pesar de esa posición, la mayoría de los integrantes del PMU votó en contra de permitir el ingreso de las pancartas.
La Corte estudió las circunstancias y concluyó que las críticas estaban relacionadas con la gestión de los directivos y el rendimiento deportivo del equipo, por lo que no había una justificación suficiente para censurarlas.
Millonarios defendió la decisión durante el proceso
En el trámite judicial, Millonarios argumentó que la restricción buscaba proteger la imagen de la institución y evitar posibles daños a su reputación y situación financiera. También planteó que los mensajes podían relacionarse con el delito de pánico económico.
No obstante, la Corte consideró que esos argumentos no eran suficientes para justificar la prohibición en este caso. El hecho de que una pancarta contenga críticas contra los directivos o exprese inconformidad con el rendimiento del equipo no significa, por sí solo, que deba ser censurada.
La decisión tampoco implica que cualquier mensaje pueda ingresar sin restricciones a un estadio de fútbol, porque ahora todos los clubes del FPC tendrán que acobijarse bajo la misma medida. Las autoridades pueden intervenir ante expresiones que inciten a la violencia o que estén dentro de otras categorías prohibidas por la Constitución, pero deben justificar sus decisiones y respetar los derechos fundamentales.
¿Qué ordenó la Corte Constitucional?
La Sentencia T-324 de 2026 no se limitó a reconocer la vulneración de los derechos del hincha. También estableció medidas para que situaciones similares no se repitan en el fútbol colombiano.
Entre ellas, ordenó a Millonarios publicar el pronunciamiento institucional y mantenerlo disponible en sus canales oficiales durante al menos un año. Además, dispuso revisar los protocolos relacionados con el ingreso de pancartas, banderas y otros elementos de animación a los estadios.
La decisión también incluyó un llamado a la Dimayor y a la Federación Colombiana de Fútbol para que revisen sus disposiciones disciplinarias y las ajusten a las garantías constitucionales de la libertad de expresión.
El objetivo es que las decisiones sobre los elementos que pueden ingresar a los escenarios deportivos no dependan únicamente de si su contenido resulta incómodo para un club o sus directivos.
Un precedente para los hinchas del fútbol colombiano
El fallo tiene implicaciones que van más allá de Millonarios. La decisión pone sobre la mesa los límites que deben respetarse cuando las autoridades y los organizadores de un partido evalúan las manifestaciones de inconformidad de los aficionados.
Las críticas por los resultados deportivos, los cuestionamientos a los dirigentes y las protestas pacíficas hacen parte de la libertad de expresión. Por eso, una institución no puede impedirlas únicamente porque afectan su imagen o cuestionan su gestión.
En el caso de Millonarios, el conflicto comenzó con tres pancartas que no pudieron ingresar a El Campín y terminó con una decisión de la Corte Constitucional que establece límites a las restricciones injustificadas. Ahora la hinchada del cuadro azul llevaría aún más pancartas de protesta.