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Tribunal de Cundinamarca se declaró competente para definir medidas cautelares en demanda contra Uber

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió dos fallos, relacionados con la demanda para declarar la ilegalidad de Uber.

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Actualizado:
Viernes, Abril 7, 2017 - 12:05
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Colprensa.

El tribunal reconoció que hubo errores en la notificación judicial del procesoa los representantes de la empresa, pero les dejó en claro que tiene todas las competencias para declarar o no las medidas cautelares, mientras se toma una decisión de fondo.

En el primer fallo proferido dentro del proceso, solicitado en demanda por el Ministerio de Transporte contra Uber, el tribunal aceptó que hubo errores en el debido proceso de notificación, por lo que ordenó iniciarlo nuevamente a los correos que habían sido suministrados en su momento por los demandados.

“De la revisión del cuaderno de medida cautelar, evidencia el Despacho que la Secretaría de la Sección con el fin de notificar a la sociedad demandada Uber Colombia SAS. la providencia de fecha nueve (9) de marzo de 2017,1 remitió mensaje de datos al correo electrónico cavelier@cavelier.com (...) Sin embargo, como así lo indicó el apoderado de la sociedad UBER COLOMBIA SAS., para el día veintiuno (21) de marzo de 2017, en el que la Secretaría de la Sección remitió el mensaje de datos, el correo electrónico de notificaciones judiciales de la sociedad había cambiado a: colombianotifica@uber.com”, dice el fallo.

El segundo fallo del Tribunal de Cundinamarca estuvo relacionado con una solicitud de Uber para que esta autoridad se declarara incompetente frente la posibilidad de emitir un fallo de medidas cautelares, a lo cual se respondió que sí hay facultades para hacerlo.

Para esta decisión el Tribunal se apoyó en la ley 1437 de 2011, en la que citó que “en todos los procesos declarativos que se adelanten ante esta jurisdicción, antes de ser notificado, el auto admisorio de la demanda o en cualquier estado del proceso, a petición de parte debidamente sustentada, podrá el Juez o Magistrado Ponente decretar, en providencia motivada, las medidas cautelares que considere necesarias para proteger y garantizar, provisionalmente, el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia, de acuerdo con lo regulado en el presente capítulo. La decisión sobre la medida cautelar no implica prejuzgamiento”.

El viceministro de Transporte, Alejandro Maya, aseguró que con estas decisiones lo que se dejó en claro es que la autoridad judicial de Cundinamarca tiene todas las facultades para pronunciarse en este tipo de procesos en los que hay violaciones de la ley y resaltó que por eso acudió a ella.

“Aquí se le deja en claro a Uber que no hay recurso alguno para frenar la demanda en su contra y que por eso ahora lo importante es definir si es ilegal o no y que mientras esto pasa, se deben declarar unas medidas cautelares, que es lo que primeramente se entrará a estudiar”, dijo Maya.

Según la autoridad judicial, tanto el Ministerio, como Uber, tendrán un periodo de 10 días para presentar las pruebas de la parte acusadora y los argumentos de la defensa, con el fin de estudiarlos durante las semanas siguientes y poder tomar una decisión de fondo.