Breadcrumb node

Tarifa de control migratorio a viajeros canadienses, ¿desde cuándo se cobrará?

La tarifa de control migratorio a viajeros canadienses tiene un precio de $256.000.

Publicado:
Actualizado:
Lunes, Octubre 30, 2023 - 10:11
Billetes / Billetes Colombianos / Pesos colombianos / Dinero / Plata / Peso Colombiano / Pesos
Billetes de diferentes denominaciones de Colombia
Camila Díaz- Sistema Integrado Digital RCN Radio

A partir del próximo 1 de noviembre, los viajeros de nacionalidad canadiense que ingresen a Colombia deberán pagar de nuevo una tarifa por el procedimiento de control y verificación migratoria en el sistema, como se hizo hasta julio de 2019.

Así lo determinó Migración Colombia, mediante la resolución 2676 de 2023, “por medio de la cual, se establece un cobro para el ingreso de nacionales canadienses por efectos de reciprocidad frente a los costos ocasionados por la imposición de datos biométricos a los nacionales colombianos”.

El valor de la tarifa será de $256.000 pesos o su equivalente en dólares canadienses, de acuerdo con la tasa de cambio representativa del mercado, y se puede cancelar en dólares canadienses (el equivalente al valor en pesos).

Le puede interesar: Voto en blanco ganó en dos municipios de Colombia: ¿se repetirán las elecciones?

Los viajeros deberán realizar el pago por medio de datáfono durante el proceso de control migratorio, al momento de ingresar al país, en cualquiera de los puestos de control aéreo, marítimo, fluvial y terrestre habilitados por Migración Colombia.

Excepciones

La resolución también establece las siguientes excepciones:

-Los ciudadanos canadienses cuyo destino de ingreso y permanencia en Colombia sea el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

-Los canadienses menores de 14 años y mayores de 79 años.

-Los ciudadanos canadienses titulares de visa colombiana vigente, agentes diplomáticos, consulares, personal oficial y sus beneficiarios, siempre y cuando se identifiquen con documento de viaje que los acredite como tal.

-Miembros de la tripulación de medios de transporte internacional, condición que deberá ser soportada y verificada en la Declaración General, el Libro Marino, la lista de tripulantes o el documento que haga sus veces.

Lea también: Taliana Vargas, de reina de Colombia a primera dama de Cali

Finalmente, se establece que el incumplimiento de este pago será causal de inadmisión en el territorio colombiano, por lo que se ordenará el retorno al país de embarque.

Fuente:
Sistema Integrado de Información