Lista de vehículos que no necesitan SOAT, matrícula ni licencia en Colombia

La medida, contemplada en los proyectos de ley 219 de 2024 y 111 de 2023, tiene como finalidad simplificar los trámites.
Normativa para vehículos eléctricos livianos: simplificación de trámites y fomento de la movilidad sostenible en entornos urbanos
Normativa para vehículos eléctricos livianos: simplificación de trámites y fomento de la movilidad sostenible en entornos urbanos Crédito: Colprensa

El Congreso de la República aprobó una normativa que podría eximir a ciertos conductores de vehículos eléctricos livianos de portar licencia de conducción y del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). La medida, contemplada en los proyectos de ley 219 de 2024 y 111 de 2023, tiene como finalidad simplificar los trámites para quienes utilicen este tipo de transporte en entornos urbanos, en especial en recorridos cortos y zonas de alta congestión vehicular.

La iniciativa busca incentivar el uso de medios de movilidad personal eléctricos y sostenibles, reduciendo requisitos como la matrícula o la adquisición de seguros obligatorios, siempre que se cumplan condiciones técnicas y de seguridad establecidas en la ley. Según sus promotores, este tipo de medidas permite ampliar las opciones de transporte urbano y adaptarlas a nuevas realidades de movilidad.

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Normativa para vehículos eléctricos livianos

La normativa define como vehículos eléctricos livianos aquellos cuyo peso no supere los 60 kilogramos. Estos incluyen, entre otros, las bicicletas eléctricas asistidas, que cuentan con un motor que apoya el pedaleo y facilita el desplazamiento. También pueden incluirse otros diseños de transporte personal, siempre que se ajusten a las características técnicas previstas.

Uno de los puntos centrales de la propuesta es la exención de portar licencia de conducción, realizar matrícula o adquirir el SOAT para los vehículos que cumplan con las condiciones establecidas
Uno de los puntos centrales de la propuesta es la exención de portar licencia de conducción, realizar matrícula o adquirir el SOAT para los vehículos que cumplan con las condiciones establecidasCrédito: Freepik

Entre las disposiciones aprobadas se encuentran:

  • Velocidad máxima: no superar los 40 km/h.
  • Elementos de seguridad: uso obligatorio de casco y elementos reflectivos.
  • Capacidad de ocupantes: máximo una persona, salvo que el diseño permita llevar a otra.
  • Edad mínima: prohibido para menores de 16 años.
  • Vías autorizadas: circulación únicamente por infraestructura para bicicletas, como ciclorutas.
  • Restricciones: prohibición de circulación por carreteras nacionales o troncales.

Estas reglas buscan ordenar el tránsito de este tipo de vehículos en zonas urbanas y garantizar condiciones mínimas de seguridad. Las autoridades locales podrán establecer medidas adicionales para adaptarlas a la infraestructura disponible.

Ahorro económico y reducción de trámites

Uno de los puntos centrales de la propuesta es la exención de portar licencia de conducción, realizar matrícula o adquirir el SOAT para los vehículos que cumplan con las condiciones establecidas. Según el articulado, esto representa un ahorro económico para los usuarios y elimina trámites administrativos que, hasta ahora, eran requeridos para otros tipos de transporte, lo que podría incentivar una adopción más rápida.

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La medida también contempla que, al eliminar estas barreras, más personas opten por el uso de bicicletas eléctricas y otros vehículos similares. Esto podría contribuir a descongestionar el tráfico en áreas urbanas y disminuir la dependencia de medios de transporte motorizados tradicionales. En ciudades con altos niveles de tráfico, esta transición puede tener un impacto directo en los tiempos de desplazamiento.

El Ministerio de Transporte será el encargado de reglamentar los aspectos técnicos y operativos que permitan la aplicación de esta ley, incluyendo el diseño de campañas de sensibilización sobre seguridad vial para usuarios de estos vehículos. También deberá coordinar con autoridades municipales para garantizar que las ciclorutas y demás vías autorizadas estén en condiciones óptimas para el tránsito seguro.

La iniciativa se enmarca en los esfuerzos legislativos para impulsar alternativas de movilidad más sostenibles en las ciudades
La iniciativa se enmarca en los esfuerzos legislativos para impulsar alternativas de movilidad más sostenibles en las ciudadesCrédito: Freepik

Próxima entrada en vigencia

Aunque el Congreso ya aprobó el proyecto, este aún no entra en vigencia. El paso siguiente es la sanción presidencial, etapa que definirá la fecha en que la normativa comenzará a aplicarse en todo el territorio nacional. Una vez sancionada, el Ministerio tendrá un plazo para emitir la reglamentación y difundirla entre los ciudadanos.

Hasta que esto ocurra, los conductores de vehículos eléctricos livianos deben cumplir con los requisitos y normativas vigentes, incluyendo portar la documentación requerida y respetar las reglas actuales de circulación. El incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en sanciones establecidas por la autoridad de tránsito.

La iniciativa se enmarca en los esfuerzos legislativos para impulsar alternativas de movilidad más sostenibles en las ciudades, al tiempo que se establecen parámetros claros de uso para garantizar un tránsito ordenado y seguro. El seguimiento de la implementación permitirá evaluar su impacto y, de ser necesario, ajustar la normativa para responder a las necesidades de los usuarios y de la movilidad urbana.


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