Breadcrumb node

Ley dejen de fregar: ¿qué hacer si no puedo atender las llamadas en el horario establecido?

Conozca lo que debe hacer si no puede atender las llamadas en los horarios establecidos por la ley dejen de fregar.

Publicado:
Actualizado:
Domingo, Julio 30, 2023 - 09:31
Llamadas
Llamadas
Freepik

En el Congreso de la República se aprobó la ley 2300 del 10 de julio del 2023, más conocida como la ley dejen de fregar, con la cual las entidades bancarias deben realizar llamadas de cobranzas en horarios establecidos para proteger el derecho a la intimidad de los consumidores. 

Los acreedores no podrán realizar cobros fuera de los horarios establecidos, es decir, de lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm y sábados de 8:00 am a 3:00 pm, excluyendo los domingos y festivos. Estos horarios también incluyen la verificación de información y referencias personales. 

Le puede interesar: Declaración de renta: Documentos que debe alistar para cumplir con esta obligación

Esta ley no solo se aplica para llamadas sino también para mensajes de texto, correos electrónicos, sitios web y cobranzas personales, que son realizadas generalmente por personas naturales.  

 

Call center
Call center
Freepik / DCStudio

¿Qué hacer si no puedo atender las llamadas en el horario establecido? 

El abogado Jimmy Jiménez, del bufete Integrity Legal, explicó que se deberá informar de forma expresa los datos de notificación y horarios de disponibilidad, mediante un instrumento distinto al contrato o acto que rige la relación jurídica entre el consumidor y la entidad o gestor de cobranza. 

De acuerdo el artículo 8, esta prohibición se exceptúa en los casos que la comunicación de la entidad tenga como fin informar de manera oportuna al consumidor del movimiento de las operaciones monetarias realizadas, sobre ahorros voluntarios y cesantías, enviar información solicitada por el consumidor o generar alertas sobre transacciones fraudulentas, inusuales o sospechosos. 

Lea también: Está fuera del país y quiere cotizar en Colpensiones: Aquí el paso a paso

El incumplimiento de la ley, según el artículo 9, será sancionado por la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Industria y Comercio, de acuerdo con el marco de competencias previsto en la Ley Estatutaria 1266 de 2008 o los normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. 

Fuente:
Sistema Integrado Digital