Las 35 obligaciones que deberán cumplir Gobierno y Farc

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Foto: AFP.

Las delegaciones de paz publicaron la totalidad de los protocolos que servirán para la implementación del proceso de desarme y el cese dilateral y definitivo del fuego.

Toda negociación tiene unas reglas de juego. El proceso de paz de La Habana, Cuba, siempre ha estado ceñido a unas normas claras que precisamente han permitido que se haya avanzado hasta el estado actual de las negociaciones.

Por esa razón, el desarme y el cese de hostilidades bilateral quedó reglamentado para que el Gobierno y las Farc cumplan con unas reglas mínimas para que lo anunciado recientemente en la isla fluya sin problema alguno.

Los negociadores de paz anunciaron que los protocolos serían públicos para que los colombianos puedan conocerlos y formarse una opinión al respecto. Por esta razón, las delegaciones entregaron el documento en el que están consagradas todas las normas que deberán seguir las partes para que lo planeado se cumpla a cabalidad.

En total son 23 protocolos y dos anexos en los que quedaron por escrito las compromisos de las dos delegaciones para evitar cualquier tipo de alteración en el orden público. La finalidad es evitar que la implementación fracase y por esa razón la ONU adelantará la verificación junto al ejecutivo y la guerrilla.

Lea el documento revelado por las delegaciones de paz:

El Gobierno y las FARC se comprometen a no realizar las siguientes acciones:

1. Entrar en contacto armado.

2. Impedir u obstaculizar la labor de monitoreo y verificación.

3. Ocultar información que sea relevante para el funcionamiento del mecanismo de monitoreo y la implementación del acuerdo del cese al fuego y la dejación de armas.

4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las zonas veredales, puntos transitorios de normalización y zonas de seguridad, bajo las condiciones definidas en el acuerdo.

5. Adelantar acciones que impidan la protección o asistencia humanitaria.

6. Utilizar lenguaje difamatorio por cualquier medio.

7. Ejecutar actos de violencia o cualquier amenaza que ponga en riesgo la vida e integridad personal contra la población civil, especialmente aquellos por razón de género.

8. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte.

9. Realizar acciones que vayan en contra de la integridad y seguridad física del personal que conforma el mecanismo de monitoreo y verificación.

10. Interferir en la labor del componente internacional de verificación frente a los procedimientos técnicos de registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final del armamento de las FARC.

11. Usar las rutas de desplazamiento, la adecuación de los dispositivos en el terreno, las zonas veredales, los puntos transitorios y las zonas de seguridad para fines o propósitos diferentes a los acordados en el marco del cese al fuego y la dejación de armas.

12. Transgredir los acuerdos y protocolos relacionados con el ingreso y salida de las zonas veredales y los puntos transitorios.

13. Hacer presencia temporal o permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de común acuerdo.

14. Transgredir los compromisos adquiridos en el acuerdo sobre cese al fuego y dejación de armas

15. Afectar los derechos y libertades de la población civil.

16. La Fuerza Pública mantendrá el cumplimiento de la Ley y en especial de la sentencia T-455 de 2014 de la Corte Constitucional sobre la incorporación de integrantes a sus filas; y por su parte las FARC-EP no incorporará nuevos hombres y mujeres en sus filas (guerrillas y milicias).

Las FARC se comprometen a NO realizar las siguientes acciones:

17. Hacer presencia armada y uniformada en cualquier lugar diferente a los campamentos.

18. Salir de las zonas veredales o de los puntos transitorios sin cumplir los procedimientos acordados en materia de seguridad para los desplazamientos.

19. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas municiones y explosivos no autorizados en el acuerdo del cese al fuego y dejación de armas.

20. Interferir en el normal desarrollo de las funciones de las autoridades civiles, militares y de policía.

21. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura, instalaciones gubernamentales y de la Fuerza Pública.

22. Realizar actividades ilícitas para la financiación de la organización.

23. Incrementar su capacidad de combate.

24. Comercializar o preparar depósitos clandestinos de armas y pertrechos.

25. Modificar sin justificación la cantidad y relación de personas y armas autorizadas para permanecer en los Campamentos.

26. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armas correspondiente a los y las integrantes de las FARC-EP que salen al cumplimiento de las tareas del proceso de paz y de los y las integrantes de esta organización asignados al mecanismo de monitoreo y verificación.

El Gobierno se compromete a NO realizar las siguientes acciones:

27. Tener trato discriminatorio con el personal objeto de este acuerdo.

28. Diseñar, planear y ejecutar vuelos militares, por debajo de 5.000 pies de los niveles de vuelo.

29. Diseñar, planear y ejecutar operaciones de acción ofensiva contra los integrantes de las FARC (guerrilla-milicias) que se encuentren en cumplimiento del acuerdo de cese al fuego y dejación de armas.

30. Controlar el suministro de alimentos y medicamentos destinados a las áreas definidas en las zonas veredales y los puntos transitorios.

31. Afectar o dañar las instalaciones adecuadas en las zonas veredales y puntos transitorios.

32. Ingresar a las zonas veredales, puntos transitorios y a las franjas de seguridad sin informar o coordinar con el mecanismo de verificación.

33. Hacer propaganda hostil en contra de las FARC.

34. Obstaculizar el desplazamiento de los integrantes de las FARC hacia las zonas veredales y los puntos transitorios.

35. Obstaculizar la atención médica a los integrantes de las FARC.

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