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La millonaria multa a la que se podrían enfrentar los influencers, según proyecto de ley

Toda publicidad debe mostrarse de manera clara y transparente, y en, productos de salud, se debe verificar la aprobación del INVIMA.

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Actualizado:
Viernes, Agosto 29, 2025 - 10:31
Sebastián Giraldo, creador de los premios Instafest, explica la importancia de la regulación y responsabilidades en la publicidad digital para los influencers. Multas de hasta 10 SMLMV por incumplimiento
Sebastián Giraldo, creador de los premios Instafest, explica la importancia de la regulación y responsabilidades en la publicidad digital para los influencers. Multas de hasta 10 SMLMV por incumplimiento
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Sebastián Giraldo, creador de los premios Instafest, explicó en entrevista para La FM, que la definición de un influencer o creador de contenido es reciente y todavía se encuentra en proceso de consolidación a nivel mundial. Según Giraldo, “este es un tema nuevo a nivel mundo apenas se está empezando a establecer qué es un creador de contenido o un influencer”.

Añadió que un influencer es “un usuario de especial relevancia. Es una persona natural o jurídica que ejerce de manera periódica y sistemática la creación, producción y difusión de contenidos digitales en plataformas y cualquier otro medio digital que surja en la evolución tecnológica”. Giraldo afirmó que esta actividad se enmarca “en el ecosistema de la comunicación digital y publicitaria y adquiere especial relevancia en el mercado audiovisual desde el punto de vista del consumo y la inversión publicitaria”.

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Regulación y responsabilidades en la publicidad digital

Giraldo indicó que la Superintendencia de Industria y Comercio y el Ministerio de Turismo cuentan con manuales de buenas prácticas que establecen cómo se debe manejar la publicidad digital y cuáles son las responsabilidades de los creadores. “La superintendencia […] habla cómo se le debe dar un manejo a la publicidad digital y cuáles son las penalidades que tienen las personas que incumplan el proyecto”, explicó.

Giraldo también precisó que “el no cumplimiento del DEBER DE DIVULGACIÓN de esta obligación generará una multa de hasta 10 SMLMV
Giraldo también precisó que “el no cumplimiento del DEBER DE DIVULGACIÓN de esta obligación generará una multa de hasta 10 SMLMV
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Entre las reglas, señaló que toda publicidad debe mostrarse de manera clara y transparente, y que, en productos de salud, se debe verificar la aprobación del INVIMA. “Quiere que todos los influenciadores cuando estén haciendo una publicidad se muestre claramente que es una publicidad y que hay una relación con una marca y. Si es una publicidad de salud que se verifique previamente que tenga INVIMA que se hable siempre con la verdad de frente a la audiencia”, agregó.

¿Qué multas podrían tener los influencers al no cumplir con esta regla?

Giraldo también precisó que “el no cumplimiento del DEBER DE DIVULGACIÓN de esta obligación generará una multa de hasta 10 SMLMV cuyo destino será la financiación del Fondo Nacional de Protección Solidaria para los Creadores de Contenido e influencers. La multa a la que se refiere el presente artículo será impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio”.

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Añadió que los creadores de contenido digital e influencers que realicen publicidad de medicamentos, suplementos dietarios, productos fitoterapéuticos y cosméticos deberán cumplir con la normatividad vigente y exhibir el registro sanitario correspondiente. “Esta divulgación deberá realizarse de manera clara y visible dentro del contenido, garantizando que el mensaje informativo no altere ni afecte el estilo, formato o narrativa propia de los creadores de contenido digital o influencers”, puntualizó.

Giraldo recalcó que los creadores “se abstendrán de crear y publicar contenido que contenga información nociva o que incite a las audiencias a cometer delitos
Giraldo recalcó que los creadores “se abstendrán de crear y publicar contenido que contenga información nociva o que incite a las audiencias a cometer delitos
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El proyecto establece además que la publicidad de estos productos no podrá atribuir propiedades terapéuticas, preventivas o curativas que no estén respaldadas por la autoridad sanitaria competente. El incumplimiento de estas disposiciones generará multas de hasta 20 SMLMV, sin perjuicio de las sanciones que pueda imponer el INVIMA o la autoridad competente conforme a sus competencias.

Giraldo recalcó que los creadores “se abstendrán de crear y publicar contenido que contenga información nociva o que incite a las audiencias a cometer delitos o atentar contra su integridad física, o que incite el odio, la violencia o el terrorismo, la discriminación, las imágenes sexualizadas, la publicidad o información que pueda inducirlas o puedan tener el efecto de poner en riesgo la salud física, mental o el bienestar psicosocial de las personas”.

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Finalmente, señaló que los creadores de contenido atenderán las quejas y reclamos de las audiencias, así como las solicitudes de información que lleguen a través de la Defensoría de Audiencias, prevista en la ley. “Igualmente, quedan sujetos al derecho de rectificación de que trata el artículo 20 de la Constitución Política”, subrayó.

Fuente:
Sistema Integrado Digital