Formulan cargos a funcionario de Migración que agredió físicamente a un viajero

La entidad prorrogó la suspensión del funcionario.
Migración Colombia
Migración Colombia Crédito: Elibardo León Estévez RCN Radio Cúcuta

La Procuraduría formuló pliego de cargos y prorrogó la sanción impuesta contra Jaime Sánchez, el funcionario de Migración Colombia que agredió a un pasajero del Aeropuerto El Dorado en noviembre de 2022.

El ministerio público prorrogó por tres meses más sin derecho a remuneración la sanción inicial impuesta por el ente de control.

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Según la investigación, el 24 de noviembre 2022 el investigado habría atendido a Juan Ramón Camarillo Peñaranda quién le solicitó orientación para efectuar su trámite migratorio de ingreso a Colombia.

Mencionan que, durante el proceso, se presentó un intercambio de insultos, que terminaron en que el funcionario de Migración Colombia agrediera físicamente al pasajero.

Resaltan que el oficial de Migración habría golpeado a Camarillo Peñaranda en su rostro y pierna izquierda, produciéndole lesiones que le generaron una incapacidad médico legal definitiva de 5 días.

El ente disciplinario escuchó la declaración del presunto afectado y del supervisor Omar Hernando Roldán Cruz, entre otros testimonios, quienes corroboraron los hechos ya mencionados.

Además, se allegó como prueba, el dictamen médico legal realizado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que estableció las lesiones sufridas por el ciudadano.

Señala el pliego de cargos que las presuntas agresiones verbales que el investigado dice que sufrió, no justifican su actuar pues: "Estaba en el deber de guardar el decoro, usar fórmulas de arreglo conciliatorio, evitar las agresiones, respetar al usuario y, al sentirse desbordado por alguna actitud de este alejarse de la situación en aras de evitar la confrontación”.

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A juicio del ente de control, el funcionario de la autoridad migratoria conocía que este actuar no era legal y contrario a la función pública que ejerce y pese a ello, de forma consciente y voluntaria decidió realizarlo.

Por tanto, la conducta objeto de investigación fue calificada provisionalmente como falta gravísima a título de dolo.


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