Estas son las multas que le inmovilizan el carro en Colombia
Estas son las infracciones que pueden llevar a la inmovilización de su vehículo en Colombia, junto con las multas y costos que implica cada una.

Uno de los requisitos fundamentales para conducir un vehículo en Colombia es realizar los cursos correspondientes y conocer las normas de tránsito, las cuales están reguladas por el Código Nacional de Tránsito Terrestre, establecido mediante la Ley 769 de 2002.
Este código define los derechos y deberes de los actores viales, así como los requisitos técnicos y administrativos necesarios para conducir y garantizar una movilidad segura. Su objetivo principal es proteger la vida de los ciudadanos y reducir la accidentalidad en las vías.
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En particular, el artículo 125 de la ley contempla la inmovilización de vehículos como una medida temporal para suspender su circulación en vías abiertas al público. Esta sanción se aplica cuando el conductor incurre en infracciones que comprometen la seguridad vial o incumple condiciones legales mínimas para circular.
La inmovilización implica que el vehículo sea trasladado a un patio autorizado, del cual solo podrá ser retirado cuando se cumplan los requisitos exigidos por la autoridad de tránsito, entre ellos el pago de la multa correspondiente, los costos de grúa y parqueadero, y la legalización de cualquier irregularidad, como la renovación del SOAT, la revisión técnico-mecánica o la licencia de conducción.

Estas son las multas que generan inmovilización del vehículo en Colombia
Conducir en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas (Códigos D12 y E1): Esta es una infracción grave con múltiples sanciones. Además de la inmovilización inmediata del vehículo, se impone una multa que puede alcanzar los $52 millones (1.440 SMDLV). La licencia de conducción puede ser suspendida entre seis meses y diez años, dependiendo del grado de alcoholemia y de si hay reincidencia, según lo establecido en la Ley 1696 de 2013.
Conducir sin SOAT o sin revisión técnico-mecánica vigente: Tanto la ausencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) (Código C35) como no contar con la revisión técnico-mecánica vigente (Código C36) conllevan una multa de 30 SMDLV, equivalentes en 2025 a $1.623.000, más los costos de grúa y parqueadero.

Transporte informal o ilegal (Código C45): Esta conducta se considera grave, ya que los vehículos que prestan este servicio carecen de la autorización y de las condiciones de seguridad requeridas para el transporte público.
Si un vehículo es sorprendido realizando un servicio no habilitado —como el transporte de pasajeros o escolar sin permiso—, puede ser inmovilizado entre 5 y 20 días hábiles. Además, se impone una multa de aproximadamente $1.623.000, y puede haber suspensión de la licencia, conforme al Decreto 3360 de 2003.
Estacionar en sitios prohibidos (Código C2): En ciudades como Bogotá, Medellín y Cali, los vehículos que bloquean vías principales, ciclorrutas o zonas escolares pueden ser retirados con grúa y llevados a patios. La infracción cuesta 15 SMDLV (unos $811.000), sin incluir los gastos operativos.
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Así puede obtener descuentos o amnistías en multas de tránsito
Existen mecanismos para acceder a descuentos o amnistías en el pago de multas. Algunas ciudades ofrecen rebajas por pronto pago, que pueden alcanzar el 50% si la multa se cancela dentro de los primeros cinco días hábiles, siempre que el infractor asista a un curso pedagógico en un centro autorizado.
De forma ocasional, el Gobierno nacional o las administraciones locales pueden emitir amnistías o establecer acuerdos de pago especiales para facilitar la recuperación de vehículos y reducir la cartera morosa por infracciones de tránsito.