Empresas deberán pagar la seguridad social de los contratistas desde esta fecha: muchos celebran

La reforma pensional establece que las empresas deberán cubrir con el pago de seguridad social de los contratos por prestación de servicios.
Empresas deberán pagar la seguridad social de los contratistas
Uno de los ejes centrales de la reforma es el impulso al contrato a término indefinido como base de toda relación laboral. Crédito: Tomado de Freepik

Con la reforma pensional aprobada a mediados de este año, se establecieron nuevas normativas que transformarán las condiciones laborales de los trabajadores colombianos, especialmente de quienes laboran bajo contratos de prestación de servicios. Este cambio busca garantizar mayor equidad y cobertura en el sistema de seguridad social.

Contratos prestación de servicios
En el mundo empresarial, el crecimiento y la expansión suelen ser las principales prioridades.Crédito: Pexeles

¿Qué es un contrato de prestación de servicios?

El contrato de prestación de servicios es un acuerdo de carácter civil, en el cual una persona natural o jurídica se compromete a realizar un servicio específico para otra, a cambio de una remuneración económica.

A diferencia de los contratos laborales, este tipo de contrato no genera una relación de subordinación ni el pago de prestaciones sociales adicionales. Es utilizado principalmente para actividades que requieren independencia y autonomía por parte del contratista. Sin embargo, esto cambiará en poco tiempo.

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Empresas asumirán la seguridad social de contratistas por prestación de servicios

A partir del 1 de julio de 2025, entrará en vigor una de las modificaciones más destacadas de la reforma pensional en Colombia: la obligación de las empresas de asumir los aportes de seguridad social de los trabajadores contratados bajo la modalidad de prestación de servicios. Este cambio busca mejorar las condiciones laborales de miles de colombianos que hasta ahora debían cubrir estos costos de manera independiente, lo que generaba inestabilidad y menor acceso a beneficios sociales.

¿Qué incluye la seguridad social que deberán asumir las empresas?

Los empleadores tendrán la responsabilidad de cubrir los tres pilares fundamentales del sistema de seguridad social:

  1. Salud: El aporte que garantiza a los trabajadores acceso al sistema de atención médica, servicios hospitalarios y tratamientos necesarios.
  2. Pensión: El monto destinado al sistema pensional para asegurar una jubilación futura, contribuyendo a la estabilidad económica de los trabajadores en su vejez.
  3. Riesgos laborales: Este aporte cubre accidentes o enfermedades derivadas de las actividades laborales, garantizando atención y compensaciones en caso de incidentes relacionados con el trabajo.

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Anteriormente, estos pagos eran responsabilidad exclusiva del trabajador contratado bajo esta modalidad, lo que en muchos casos limitaba su capacidad de pago y acceso a estos derechos básicos.

El salario emocional se vuelve clave para retener a los trabajadores
Hasta el momento, no hay una fecha exacta definida para el desembolso del retroactivo.Crédito: Freepik

Obligaciones de las empresas con las personas bajo contrato de prestación de servicios

Con esta reforma, las empresas que contraten bajo esta modalidad deberán cumplir con varias responsabilidades:

  1. Cubrir los aportes a seguridad social: Incluye los pagos correspondientes a salud, pensión y riesgos laborales.
  2. Garantizar pagos puntuales: Asegurar que los aportes se realicen dentro de los plazos establecidos.
  3. Mantener actualizada la información laboral: Registrar y administrar correctamente los datos de los contratistas para cumplir con la normativa.

¿Por qué es importante este cambio?

La implementación de esta medida es parte de un esfuerzo más amplio para fortalecer la seguridad social y garantizar condiciones laborales más justas. Al trasladar esta obligación a las empresas, se busca:

  • Reducir la informalidad laboral.
  • Asegurar que más trabajadores accedan a beneficios como pensión y salud.
  • Promover una mayor equidad en el sistema, independientemente del tipo de contrato.


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