Diferencias entre medicina prepagada y un plan complementario: lo que debe saber antes de elegir
En Colombia, los ciudadanos pueden acceder a planes de medicina prepagada o complementarios para ampliar la cobertura de salud que ofrecen las EPS.

Además de la cobertura de las Empresas Promotoras de Salud (EPS), los colombianos cuentan con programas que brindan protección adicional, facilitando el acceso a servicios médicos especializados en diferentes niveles.
Se trata de los programas de medicina prepagada y los planes de atención complementarios (PAC). Muchos colombianos pueden sentirse confundidos acerca de la diferencia entre ambos, y es clave entenderlas para escoger la mejor opción.
Le puede interesar: Gobierno anuncia recursos por $38.000 millones para iniciar reconstrucción en Paratebueno y Medina tras el sismo de junio
Diferencias entre medicina prepagada y un plan complementario
Tanto los planes complementarios en salud como los de medicina prepagada son voluntarios y adicionales al Plan de Beneficios en Salud básico que ofrecen las EPS. Sin embargo, se diferencian en los límites de cobertura que incluyen.

Plan de atención complementario (PAC): Como su nombre lo indica, es un plan que complementa los servicios que ofrecen las EPS a las que el usuario cotiza su Plan de Beneficios en Salud, por lo que debe ser contratado con estas mismas entidades.
Esto implica que suelen proporcionar una red hospitalaria ligeramente más amplia que la del plan básico de la EPS, pero sujeta a los límites de cobertura establecidos por la entidad.
Por otra parte, en muchas ocasiones se requiere pasar primero por una consulta con un médico general antes de acceder a ciertos especialistas.
Además, la red de centros médicos es, en la mayoría de los casos, compartida con los usuarios del plan básico de la EPS, lo que puede comprometer los tiempos de espera.
Las EPS que podrían ofrecer planes complementarios en Colombia incluyen Compensar, EPS Sura, Famisanar E.P.S., Nueva E.P.S., Salud Total, Sanitas E.P.S. y el Servicio Occidental de Salud E.P.S. (SOS E.P.S.)

Medicina prepagada: a diferencia de los planes de atención complementarios, los planes de medicina prepagada son completamente independientes de las EPS. Sin embargo, estos planes sí requieren que el usuario esté afiliado a una de estas entidades, sin importar cuál sea.
La mayoría permiten el acceso directo a especialistas sin necesidad de una remisión previa de un médico general (según el plan contratado).
Asimismo, suelen ofrecer redes de atención exclusivas, incluyendo acceso a centros médicos propios y clínicas VIP, dependiendo del plan. Eso se traduce en mejores tiempos de atención y una experiencia más ágil para el usuario.
Algunas empresas que ofrecen planes de medicina prepagada en Colombia son Colmédica, Colsanitas, Medplus y Coomeva.

Las EPS, la base del sistema de salud
Dentro del sistema de salud, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) desempeñan un papel fundamental, ya que son responsables de afiliar y registrar a los ciudadanos, gestionar el recaudo de las cotizaciones y organizar la prestación del Plan de Beneficios en Salud.
Su función principal consiste en garantizar la adecuada prestación de los servicios de salud incluidos en el sistema para todos los afiliados.
Con el fin de asegurar la cobertura universal, el sistema de salud colombiano se estructura en dos regímenes de afiliación: el contributivo y el subsidiado, y las EPS se clasifican de acuerdo con el régimen al que pertenecen.

El régimen subsidiado es el mecanismo mediante el cual las personas con menores recursos y sin capacidad de pago acceden a los servicios de salud, gracias a un subsidio financiado con los aportes del régimen contributivo. Este sistema garantiza la atención médica, los procedimientos y los medicamentos para la población vulnerable.
Para acceder a él, los ciudadanos deben estar inscritos en la encuesta del Sisbén IV, que identifica a los potenciales beneficiarios de los programas sociales del Estado.
Le puede interesar: Ricardo Roa niega participación en reuniones sobre contrato de seguridad en Ecopetrol: "Tengo como comprobar"
El régimen contributivo, por su parte, permite el acceso al sistema de salud mediante el pago de una cotización individual o familiar, financiada por el afiliado o compartida con su empleador. Todos los trabajadores, dependientes o independientes, deben aportar mensualmente un porcentaje de sus ingresos, lo que garantiza un acceso equitativo al sistema.
Para 2025, la contribución es del 12,5 % del Ingreso Base de Cotización, distribuido en un 4 % a cargo del trabajador y un 8,5 % del empleador; los independientes deben realizar sus aportes directamente a través de la planilla PILA.