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¿Cuáles son las funciones de la primera dama de la Nación?

Esta figura se comenzó a utilizar en Colombia desde 1934 para referirse a María Michelsen

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Actualizado:
Miércoles, Abril 19, 2023 - 11:39
Presidente Gustavo Petro
Presidente Gustavo Petro
Presidencia

Actualmente, la primera dama de Colombia es Verónica Alcocer, quien asumió su cargo al mismo tiempo que su esposo, Gustavo Petro, asumió como presidente de la República. 

Esta figura se comenzó a utilizar en Colombia desde 1934 para referirse a María Michelsen, en ese entonces esposa del presidente Alfonso López Pumarejo. 

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Es en los años 30's, que para la prensa nacional, la imagen pública de las mujeres cercanas al poder comienza a tomar valor, se adopta el nombre de ‘primera dama’, un calificativo que subraya la actividad social del presidente.

En el año 2003 la Red de Gestores Sociales se incorpora como un programa de la Consejería Presidencial de Programas Especiales, con la finalidad de apoyar al Gobierno Nacional en sus objetivos de articular a las instituciones locales y la Sociedad Civil en el área de movilización social y participación comunitaria.

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De acuerdo con lo establecido en la Sentencia C-089A/94 de la Corte Constitucional, “ninguna función pública se atribuye al denominado despacho de la primera dama y, como este cargo no existe, ninguna persona o funcionario puede atribuirse competencia por desempeñar a su turno otras funciones a desempeñar por empleados del Departamento Administrativo”.

 ¿A qué se dedica la Primera Dama?

Este cargo no se considera como uno de servidor público, por lo que no está en la potestad de realizar contratos o ejercicios de supervisión y manejo de personal, puesto que como figura conyugal de un mandatario solo puede hacer presencia en temas de protocolo, tales como obras de beneficencia pública o bienestar social.

El Departamento Administrativo de la Función Pública, la entidad que se encarga de hacer seguimiento y control a los servidores públicos afirma que, no existe una reglamentación que dicte las funciones de la Primera Dama; de igual forma, no podrán tener un Departamento Administrativo de Presidencia, ni una remuneración económica por sus actividades.

 

Aun así, podrá ejercer cargos públicos en tanto no sean designados por el mismo presidente. La figura de la Primera dama, al igual que todos los ciudadanos, está en la obligación de cumplir con las leyes del Estado.

 

Fuente:
Sistema Integrado Digital