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Corte: Unidad de Víctimas estaría violando los derechos de los desplazados

Para la Corte se esta revictimizando a las víctimas de desplazamiento y conflicto armado.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Enero 3, 2018 - 08:42
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Colprensa (Referencia).

La Corte Constitucional analizó 133 acciones de tutela contra la Unidad para la Atención de Víctimas por la mala prestación del servicio en estos casos: cuando las personas que han formulado peticiones y no han tenido respuesta; cuando la respuesta es que se les va a programar la realización del Plan de Asistencia, Atención y Reparación Integral; y cuando se les negó la ayuda humanitaria.

Para la Corte, la Unidad para la Atención de Víctimas esta revictimizando a las víctimas de desplazamiento y conflicto armado al no dar respuesta oportuna a las solicitudes de ayuda humanitaria, que "tiene relación con el mínimo vital y ha sido considerada como uno de los derechos mínimos de la población desplazada".

La Corte encontró que la Unidad interpone trabas a las víctimas para no dar respuesta oportuna a los requerimientos, como requisitos que no se encuentran en la ley, "utilizándolos para negar la ayuda humanitaria o para no dar una respuesta de fondo sobre lo solicitado".
Según la Corte, la Unidad siempre recurre a dos razones: por un lado, pone como condición para entregar una respuesta de fondo a las peticiones de entrega de ayuda humanitaria la realización de un trámite administrativo (el PAARI), sin indicar ninguna fecha en la que ese trámite tendrá lugar. Por otro lado, señala que existe un límite temporal para la entrega de ayudas humanitarias, lo que impide que una familia víctima de desplazamiento hace más de 10 años pueda acceder al beneficio.

En ese sentido, la Corte dio como plazo un mes para que la Unidad de Víctimas dé respuesta a las 131 acciones de tutela y ordenó identificar las causas de la demora en la atención a las víctimas; también ordenó adoptar medidas para evitar que los funcionarios de la Unidad entreguen respuestas que no tienen sustento legal, "como por ejemplo negar la ayuda humanitaria por el paso de 10 años del desplazamiento o de posponer indefinidamente el estudio de fondo de solicitudes de esta naturaleza",

Así mismo, la Corte ordenó al Consejo Superior de la Judicatura expedir una comunicación dirigida a todos los jueces de la República en la que se les explique la importancia de realizar la notificación por medios electrónicos en los procesos en los que la Unidad actúa como parte demandada y una circular que comunique la facultad de los jueces de tutela de decretar pruebas de oficio.