Caso Pasaportes: Procuraduría pidió suspender convenio entre la Cancillería y el gobierno de Portugal
El órgano de control pidió anular dicho convenio por presuntas irregularidades que habrían vulnerado el principio de economía, entre otros.

La Procuraduría General de la Nación presentó una demanda de nulidad contra los dos convenios que suscribió la Cancillería y la Imprenta Nacional con el gobierno de Portugal en el que se buscaría implementar el nuevo modelo del servicio de pasaportes.
La solicitud tiene como destinatario el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, donde además de pedir a los magistrados anular dicho acuerdo con la empresa extranjera, también solicitó que se ordene a dicho contratista devolver al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Imprenta Nacional colombiana las sumas de dinero que haya recibido como contraprestación por la ejecución del cuestionado convenio.
Según el órgano de control, dicho acuerdo que tuvo ocasión el pasado 28 de julio de este año por un valor de $1.308.034.931.250 presentó presuntas irregularidades en su ejecución, traducidas en la "infracción directa o el desconocimiento de normas imperativas sobre el procedimiento de selección y la existencia de abuso o desviación de poder".
Es decir, en la ejecución del convenio, se habría vulnerado el principio de selección objetiva, transparencia, moralidad y libre competencia por la subcontratación de los servicios.
Por lo anterior, el órgano de control señaló que, si el contrato se suscribió con la Imprenta Nacional, es porque esta contaba con la capacidad de atender los requerimientos del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, pues de lo contrario, se habría celebrado el contrato con un tercero.
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“El principio de transparencia persigue, fundamentalmente, que la administración al seleccionar el contratista adelante el procedimiento previsto en la Ley para el determinado contrato o negocio jurídico que pretende celebrar en condiciones de igualdad y sin tener en cuenta alguna consideración, factor o requisito de tipo subjetivo": señaló la Procuraduría.
Por consiguiente, según el análisis de la Procuraduría se pudo evidenciar que el valor de los aportes que realiza la la Casa da Moeda de Portugal es inferior al 50% del valor del convenio, con lo cual se incumple el requisito fundamental para contratar bajo el régimen jurídico del artículo (20 de la Ley 1150 de 2007), lo que configuraría la vulneración del principio de transparencia, economía, estudios previos, planeación, pero también estudios del mercado e irregularidades en la expedición del documento de solicitud de contratación.