Breadcrumb node

Arrendamientos ¿A qué tiene derecho el arrendador?

Estos son los derechos que se tienen que cumplir al momento de hacer un contrato de arrendamiento.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Agosto 12, 2022 - 20:30
Arrendamientos
¿A qué tengo derecho al arrendar?
Pexels / Alexandr Podvalny

La búsqueda de vivienda en la actualidad es uno de los temas más complicados para muchos ciudadanos. De igual manera, las personas que ofrecen sus servicios como arrendadores sufren un dilema cuando están encontrando una persona adecuada para que ocupe sus predios.

Así las cosas, en LA FM le contamos cuáles son sus derechos a la hora de arrendar. 

Al momento de realizar un contrato de arrendamiento de algún predio se debe tener en cuenta que puede ser terminado en cualquier instante por algunas situaciones que no se puedan reconsiderar. Realizar esto puede traer consecuencias que son las mismas que se colocaron inicialmente en el acuerdo. Las causas por las que se puede finalizar son las siguientes:  

Lea también: Cómo conseguir un buen hogar en arriendo y con un presupuesto ajustado

  • Si la casa o cosa arrendada tiene destrucción total o parcial.

  • Si el tiempo de arrendamiento expiro.

  • Incumplimientos del arrendatario (No pagar los servicios públicos, No pagar la renta que se estipulo, dar un uso distinto al que fue estipulado inicialmente). 

De igual manera, el arrendador debe entregar el local o vivienda en condiciones adecuadas para su uso, pagar al día los servicios públicos para evitar cortes y solucionar aquellos problemas que afectan la tranquilidad de los arrendatarios. De lo contrario también se puede finalizar el contrato por parte del arrendatario.

“El arrendatario podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento dentro del término inicial o durante sus prórrogas, previo aviso escrito dirigido al arrendador a través del servicio postal autorizado, con una antelación no menor de tres (3) meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de tres (3) meses de arrendamiento”, explica el artículo 24 de la ley 820 de 2003. 

Le puede interesar: Todo lo que debe saber sobre el incremento a los arriendos en Bogotá

De igual manera, en dado caso que el contrato tenga que finalizar por culpa del arrendatario, este último tendrá que pagar una indemnización y dar el dinero restante por el tiempo que se tenía estipulado el contrato, esto es explicado en la ley 820 de 2003.

Fuente:
Sistema Integrado Digital