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Nueva regulación para ciclomotores en Bogotá: Deberán tener licencia, SOAT y casco obligatorio

No podrán circular por las aceras, andenes, ciclovías o ciclorrutas, sino por las vías terrestres de uso público en el centro del carril.

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Actualizado:
Domingo, Marzo 12, 2023 - 18:03
Sigue en marcha la búsqueda del Sistema de Bicicletas Públicas en Bogotá.
Sistema de Bicicletas Públicas en Bogotá
PxHere

El Distrito lanzó la resolución que establecerá nuevas medidas obligatorias a los Motociclos, ciclomotores, Moped, tricimotos o cuadriciclos que circulen en la capital, como la licencia de conducción, cascos para los usuarios o acompañantes, Soat y la prohibición de usar la ciclovía

“Estos vehículos se definen como automotor de dos ruedas, provisto de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, de cilindraje no superior a 50 cm3 si es de combustión interna ni potencia nominal superior a 4 kW si es eléctrico”, sostiene la resolución. 

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Según la Secretaría de Movilidad, los ciclomotores sólo podrán movilizarse por las vías terrestres de uso público y privado abiertas al público, además de cumplir con estas otras normas: 

1. Deberán circular en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad, con dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que reflecte luz roja, direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica. 

2. Deben transitar por el centro del respectivo carril. 

3. No podrán transitar sobre las aceras o andenes, ciclovías, ciclorrutas o cualquier tipo de ciclo infraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas, ni por aquellas vías en donde las autoridades competentes lo prohíban.  

4. Los conductores y acompañantes deberán en todo caso transitar portando casco conforme a la reglamentación existente en términos de calidad y durabilidad de cascos para motociclistas.  

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5. Después de las 18:00 pm y antes de las 06:00 am o cuando las condiciones de visibilidad lo ameriten, los conductores y acompañantes deberán portar chaleco refractivo. 

6. Se deberá contar con la licencia de tránsito del vehículo.  

7. Seguro obligatorio (SOAT). 

8. Certificado de Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes.  

La resolución sostiene que esto se da para cumplir con las nuevas disposiciones del Ministerio de Transporte, además de poder contar con la participación y opinión de la ciudadanía para realizar los respectivos cambios hasta el 16 de marzo.   

Fuente:
Sistema integrado de información