El pico y placa en Medellín durante la semana del 10 al 14 de noviembre aplicará a vehículos particulares, motocicletas de dos y cuatro tiempos y taxis. La restricción regirá entre las 5:00 a. m. y las 8:00 p. m., e incluirá todos los municipios del Valle de Aburrá.
La Secretaría de Movilidad informó que la medida busca mejorar la movilidad y regular el impacto ambiental del parque automotor. También anunció ajustes en el modelo de rotación para los próximos meses.
Pico y placa en Medellín y el Valle de Aburrá de 10 al 14 de noviembre
La asignación se realizará según el último dígito de la placa para automóviles particulares y taxis, y de acuerdo con el primer número de la placa para motocicletas.
Carros particulares (último dígito de la placa)
- Lunes 10 de noviembre: 6 y 9
- Martes 11 de noviembre: 5 y 7
- Miércoles 12 de noviembre: 1 y 8
- Jueves 13 de noviembre: 0 y 2
- Viernes 14 de noviembre: 3 y 4
Motocicletas, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores (primer número de la placa)
- Lunes 10 de noviembre: 6 y 9
- Martes 11 de noviembre: 5 y 7
- Miércoles 12 de noviembre: 1 y 8
- Jueves 13 de noviembre: 0 y 2
- Viernes 14 de noviembre: 3 y 4
Vehículos exceptuados
La Secretaría de Movilidad mantiene la lista de vehículos exentos de la medida, entre los cuales se encuentran:
- Vehículos de emergencia
- Automotores para atención médica
- Vehículos que operen con gas natural
- Transporte de pasajeros
- Transporte de alimentos
- Vehículos de carga
- Asociados a servicios públicos
- Vehículos de medios de comunicación
- De seguridad
- Transporte de personas con movilidad reducida o discapacidad
- Vehículos de valores
- Fúnebres
- Oficiales
- Diplomáticos
- Autorizados por la Secretaría de Movilidad
Vías sin restricción
El pico y placa no aplica en ciertos corredores viales del Valle de Aburrá, entre ellos:
- Avenida Regional
- Vía a Las Palmas
- Vía a Occidente
La rotación actual se mantendrá hasta enero de 2026, cuando las autoridades de tránsito realizarán una evaluación para definir posibles modificaciones.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de la medida está contemplado en el artículo 131, inciso C, del Código Nacional de Tránsito. La sanción equivale a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, correspondientes a $711.750 pesos colombianos.