Corte Constitucional deja en firme ley de restitución de tierras

Se mantiene el requisito de comprobar que los segundos tenedores son de buena fe, exentos de culpa.
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Crédito: La FM

La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible algunos apartes de la ley de tierras que habían sido demandados por la ANUC y en la cual reclamaban puntos específicos que tienen que ver con los segundos ocupantes de estos predios.

La Corte aprobó que los jueces de restitución compensen a los segundos ocupantes; es decir, esos que después de adquirir dichos predios lograron comprobar que son tenedores de buena fe, exentos de culpa y jamás por ser victimarios.

“La demostración de la buena fe exenta de culpa se constituía en una carga probatoria muy exigente para aquellos opositores en la situación antes descrita; es decir, frente a aquellos que no cuentan con los medios para acceder a otra vivienda o tierras, o cuya subsistencia depende del predio a restituir o aquellos que son sujetos de especial protección constitucional”, dice la demanda.

Al respecto, la Procuraduría ya había emitido un concepto afirmando que, cuando los llamados segundos ocupantes estuvieran en condición de vulnerabilidad, su estado deberá ser evaluado por las autoridades.


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