Condenan al Centro Comercial San Diego por borrar un mural

Tendrá que pagarle 68 millones de pesos al autor de la obra. El caso será apelado.
Archivo La FM
Crédito: La FM

El pasado 16 de agosto, la Dirección Nacional de Derecho de Autor, a través de la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales, emitió el primer fallo sobre un proceso civil por Derecho de Autor, el cual obedece a una demanda interpuesta por el artista Gabriel Calle Arango contra el Centro Comercial San Diego de la ciudad de Medellín, por haber borrado su obra "Líder", la cual se encontraba en un muro de dicho Centro Comercial.

El día 7 de mayo de 2015, el maestro Gabriel Antonio Calle Arango interpuso demanda ante la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, en contra del Centro Comercial San Diego P.H. de la ciudad de Medellín. En ella alegaba que él es el autor de la obra pictórica "Líder", que se encontraba en un muro de las instalaciones del accionado, la cual, por el paso del tiempo y por estar a la intemperie, sufrió un deterioro normal. Atendiendo este motivo, el autor ofreció al demandado hacer las restauraciones pertinentes a la obra, lo cual fue rechazado por el centro comercial, quien procedió a borrar el mural, infringiendo su derecho moral de integridad, ocasionándole un perjuicio de carácter extrapatrimonial.

Por su parte, el Centro Comercial alegó que era su derecho borrar la obra del artista, en tanto ésta se encontraba en un muro de su propiedad, el cual, debido al desgaste sufrido en su estructura, amenazaba ruina. Adicionalmente, afirmó que podía borrar la obra, puesto que "el referido mural, autoría del Maestro Gabriel Calle Arango, en ningún momento constituyó un bien de interés cultural de la ciudad de Medellín y por lo tanto no se encontraba bajo la protección de la normativa de los bienes públicos de la ciudad".

En audiencia del día 16 de agosto de 2016, el Subdirector de Asuntos Jurisdiccionales de la Dirección Nacional de Derecho de Autor dictó sentencia de primera instancia, resolviendo lo siguiente:

Primero: Declarar que el Centro Comercial San Diego P.H. desconoció el derecho moral de integridad de Gabriel Antonio Calle Arango sobre la obra artística de su autoría denominada "Líder".

Segundo: Condenar al Centro Comercial San Diego P.H., a pagar al señor Gabriel Antonio Calle Arango, dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ejecutoria de este fallo, la suma de CIEN (100) SMLMV, los cuales son equivalentes a la fecha de expedición de la sentencia a ($68'.945.400) SESENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS PESOS, por concepto de perjuicio extra patrimonial, monto que al vencimiento de dicho plazo, devengará un interés legal civil moratorio del 6% anual, hasta el momento en que se satisfaga la obligación.

Tercero: Condenar al Centro Comercial San Diego P.H., a realizar una publicación en un periódico de amplia circulación de la ciudad de Medellín, dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la ejecutoria de este fallo, en la cual manifieste que la obra denominada "Líder" de autoría del señor Gabriel Antonio Calle Arango se encontraba protegida por el derecho de autor, por lo cual debieron respetar su derecho moral de integridad.

Cuarto: Denegar la pretensión quinta formulada en la demanda, por las razones expuestas en las consideraciones de esta providencia.

Quinto: Sin condena en costas en la presente causa.

La anterior decisión fue apelada por el apoderado del Centro Comercial San Diego P.H., de manera que debe tramitarse ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá.

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