Murió joven en el Atlántico esperando la autorización de un traslado por parte de la Nueva EPS

Permaneció durante 10 días en una clínica.
Denuncian falta de medicamentos en la Nueva EPS
Falta de Medicamentos Nueva EPS Crédito: Archivo

Tras permanecer internado durante 10 días en una clínica de Soledad, Atlántico, falleció Michael Meléndez, de 24 años. El joven, que sufrió una hemorragia cerebral, requería una cirugía urgente que nunca se realizó debido a demoras administrativas en su proceso de remisión.

Según denunciaron sus familiares, Meléndez enfrentó una serie de problemas con su afiliación: inicialmente fue desafiliado de la Nueva EPS y acogido por Mutual Ser. Sin embargo, cuando el trámite de traslado estaba listo, fue cancelado porque la Nueva EPS volvió a vincularlo. A pesar de la urgencia vital, la autorización de remisión nunca se hizo efectiva.

"Lastimosamente, nunca llegó la ayuda que pedíamos. El sábado nos dijeron que el traslado estaba listo, pero al llegar a la clínica del Porvenir, nos informaron que no había autorización. Estuvimos esperando hasta las dos de la mañana y nada ocurrió", manifestó Dence Meléndez, padre del joven.

Fallas en la atención inicial

Michael, oriundo de Nueva Venecia —pueblo palafito de la Ciénaga Grande de Santa Marta—, sufrió una crisis hipertensiva que derivó en un Accidente Cerebrovascular (ACV). Sus familiares cuestionan no solo a la EPS, sino también la gestión del centro asistencial donde fue recibido inicialmente.

“La clínica no era competente para tratar un ACV; debieron darle los primeros auxilios y remitirlo de inmediato, pero lo retuvieron”, señalaron sus allegados, quienes aseguran que tocaron múltiples puertas sin obtener respuesta del sistema de salud.

Una familia víctima del conflicto desamparada por el Estado

Elisandra Meléndez, prima de Michael, subrayó que la familia es víctima del conflicto armado, por lo que su desatención representa una doble vulneración a sus derechos. La familia denunció el incumplimiento de la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas), que en su artículo 47 garantiza la atención, reparación y protección integral.

“El artículo 47 de la Ley 1448 habla de protección a las víctimas, pero no lo vimos reflejado. Se vulneró el artículo 49 de la Constitución sobre el derecho a una salud digna. No nos interesaban los trámites, nos interesaba la vida, y no nos solucionaron”, lamentó Elisandra.

Hoy, la familia Meléndez llora la partida de Michael, víctima de lo que consideran una negligencia administrativa que le arrebató la posibilidad de sobrevivir.


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