¿Es delito publicar fotos sin consentimiento en redes sociales en Colombia?

La discusión se generó por fotografía a una madre que cubrió los ojos a su hijo ante un beso gay.
El abogado destacó que las redes sociales “tienen hoy un poder enorme, incluso para afectar la vida de las personas”.
El abogado destacó que las redes sociales “tienen hoy un poder enorme, incluso para afectar la vida de las personas”. Crédito: Freepik

Durante una entrevista en el programa 'Habla con Ella', conducido por Patricia Pardo, se habló sobre un incidente ocurrido en un restaurante, donde una pareja gay fue fotografiada y expuesta en redes sociales luego de que una madre les tapara los ojos a su hijo al verlos darse un beso. El hecho, que se volvió viral, abrió una discusión sobre los límites entre la libertad de expresión, el derecho a la intimidad y la educación en valores familiares.

Según relató el concejal Andrés Escobar, quien ofreció apoyo jurídico a la madre involucrada, “la señora estaba almorzando con su hijo cuando observó a dos hombres besarse y decidió cubrirle los ojos al menor”. Posteriormente, uno de los hombres tomó una fotografía de la mujer y la publicó en la red X, “acusándola de enseñar a odiar”. Escobar afirmó que el acto “expuso su imagen sin consentimiento”, lo cual podría constituir una vulneración a su derecho a la privacidad.

El concejal explicó que su defensa se basa en ese punto: “No podemos permitir que ningún grupo venga a dictar cómo debemos educar a nuestros hijos”. Agregó que los padres “tienen todo el derecho de guiarlos en lo que consideran moralmente correcto”, y que el caso refleja una “colisión de derechos” entre la libertad individual y el respeto a la intimidad.

¿Es delito publicar fotos sin consentimiento en redes sociales?

El abogado Jimmy Jiménez, de la firma Integrity Legal, coincidió en que el tema tiene implicaciones jurídicas. “En Colombia no se pueden usar imágenes de personas sin su autorización previa”, señaló. Explicó que la publicación podría configurar los delitos de injuria o calumnia si se asocia la imagen con acusaciones que afecten la reputación de alguien.

No obstante, Jiménez aclaró que “sentirse discriminado no implica que exista delito de discriminación”. Este tipo penal, precisó, se aplica cuando hay actos que impiden el ejercicio de derechos por motivos de raza, religión u orientación sexual. En el caso del restaurante, consideró que “no habría delito por parte de la madre, sino una posible falta de proporcionalidad en la forma de reaccionar”.

El abogado destacó que las redes sociales “tienen hoy un poder enorme, incluso para afectar la vida de las personas”. Recordó que, aunque las parejas del mismo sexo tienen derecho a expresarse libremente, esa libertad no puede ejercerse vulnerando otros derechos fundamentales.

¿Dónde se trazan los límites entre la educación familiar y la diversidad?

Durante la entrevista, los panelistas coincidieron en que el incidente refleja la tensión entre la crianza tradicional y la aceptación de la diversidad sexual. Escobar subrayó que “educar a los hijos no puede convertirse en un delito ni en sinónimo de intolerancia”.

Jiménez, por su parte, señaló que “todos los ciudadanos tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad, incluidas las madres y padres que deciden cómo orientar a sus hijos”. Sin embargo, advirtió que “la defensa de un derecho no puede hacerse vulnerando el de otro”.

El debate cerró con un llamado a la reflexión sobre el respeto mutuo y el uso responsable de las redes. “No podemos permitir que las diferencias políticas o morales profundicen los conflictos sociales”, concluyó Jiménez.


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