Decreto 930: así beneficiará el giro directo del 90 % a hospitales, clínicas y proveedores de salud

El director de la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas, Juan Carlos Giraldo, aseguró que el decreto responde a una solicitud histórica del gremio.
Juan Carlos Giraldo
Hospitales y clínicas en Colombia enfrentan retrasos de hasta ocho meses en pagos, mientras crece la cartera morosa y aumenta la presión financiera del sector. Crédito: Freepik y Colprensa

La Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC) celebró la expedición del Decreto 930, mediante el cual el Gobierno Nacional aumentó del 80 % al 90 % el porcentaje mínimo del giro directo de los recursos del sistema de salud, una medida que, según el gremio, contribuirá a mejorar el flujo financiero hacia hospitales y clínicas del país.

El pronunciamiento fue realizado por el director de la ACHC, Juan Carlos Giraldo, quien señaló que esa decisión recoge una de las principales propuestas que la organización venía impulsando desde hace varios meses, como parte del denominado Plan Extraordinario de Liquidez.

Una solicitud promovida por la ACHC

Giraldo explicó que el nuevo decreto incrementa el porcentaje mínimo del giro directo del 80 % al 90 % y que la medida tendrá aplicación tanto para el régimen subsidiado como para el régimen contributivo, además de incluir los recursos correspondientes a los presupuestos máximos.

Según el directivo, esa modificación representa un avance importante para mejorar la circulación de los recursos dentro del sistema de salud, sin que ello implique una mayor disponibilidad de dinero.

"Es una solicitud que venía tramitando la ACHC desde hace mucho tiempo en medio de una propuesta que denominamos el Plan Extraordinario de Liquidez", afirmó Giraldo.

Mayor transparencia y agilidad en los pagos

El representante del gremio sostuvo que el incremento del giro directo permitirá que los recursos lleguen con mayor rapidez a las instituciones que prestan los servicios de salud.

Explicó que el objetivo es optimizar el uso de los recursos que ya hacen parte del sistema, favoreciendo una mayor transparencia en su distribución y reduciendo los tiempos de circulación del dinero.

"Va a permitir que con la misma plata que circula en el sistema de salud, tengamos más transparencia y más celeridad en el movimiento de los recursos y hacer que estos lleguen a las instituciones que prestaron los servicios", indicó.

Piden garantizar la correcta implementación

Aunque destacó la expedición del decreto, Giraldo advirtió que el éxito de la medida dependerá de su aplicación efectiva y del seguimiento que realicen las autoridades para asegurar que los recursos beneficien a las instituciones con mayores dificultades financieras.

En ese sentido, el directivo hizo un llamado para que el próximo gobierno mantenga la implementación del mecanismo y fortalezca los procesos de vigilancia y control sobre el destino de los recursos.

"Lo que sigue ahora es que se pueda aplicar en el siguiente gobierno, que se le haga la vigilancia y control suficiente para que se oriente efectivamente a las instituciones que más necesitan esa liquidez", expresó.

Medida busca fortalecer la liquidez del sistema

El aumento del porcentaje mínimo del giro directo forma parte de las acciones adoptadas por el Gobierno para mejorar el flujo de recursos dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud y fortalecer la liquidez de hospitales, clínicas y proveedores de tecnologías en salud.

Giro directo sube del 80 % al 90 %

El decreto establece que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) deberá realizar el giro directo de, como mínimo, el 90 % de la UPC a los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud en el régimen subsidiado. Esta disposición reemplaza el porcentaje mínimo vigente del 80 %.

De igual manera, para el régimen contributivo, el porcentaje mínimo de giro directo también aumenta al 90 % en tres escenarios:

  • Cuando las EPS incumplan las normas de patrimonio adecuado.
  • Cuando se encuentren bajo medidas de vigilancia especial, intervención administrativa o liquidación.
  • Cuando soliciten voluntariamente acogerse al mecanismo de giro directo.

También aumenta el giro de los presupuestos máximos.

La norma dispone que las EPS deberán postular para giro directo al menos el 90 % de los recursos provenientes de presupuestos máximos, destinados a financiar servicios y tecnologías en salud no cubiertos por la UPC.

Con ello, la ADRES realizará directamente el pago a las instituciones prestadoras de servicios de salud y a los proveedores de tecnologías, buscando reducir los retrasos en los desembolsos y fortalecer el flujo financiero hacia la red de atención.

Respuesta a la crisis financiera del sistema

En la parte considerativa del decreto, el Gobierno señala que la medida responde a las dificultades que enfrenta el sistema de salud por los problemas en el flujo de recursos.

El documento advierte que pese a que los recursos de la UPC son reconocidos y girados oportunamente a las EPS, se han presentado cierres de servicios por parte de prestadores, así como quejas de los usuarios relacionadas con la entrega incompleta o tardía de medicamentos, especialmente en entidades promotoras de salud intervenidas.

El decreto también menciona que la Contraloría General de la República reiteró la necesidad de adoptar medidas inmediatas para garantizar el flujo oportuno de recursos hacia la red hospitalaria pública este año, con el fin de evitar un mayor deterioro financiero que pudiera comprometer el derecho fundamental a la salud de millones de colombianos.

Según el Gobierno, incrementar el porcentaje del giro directo constituye una herramienta para fortalecer la liquidez de hospitales y clínicas, mejorar la oportunidad en los pagos y otorgar mayor transparencia al manejo de los recursos públicos destinados al sector salud.

ADRES continuará administrando el mecanismo

La nueva reglamentación mantiene a la ADRES como la entidad encargada de definir las condiciones técnicas y operativas para la implementación, control y seguimiento del giro directo.

El decreto también precisa que este mecanismo no modifica las obligaciones contractuales entre EPS e IPS, por lo que las entidades promotoras seguirán siendo responsables de cancelar los valores no cubiertos mediante el giro directo, mientras que los prestadores deberán cumplir con sus obligaciones de facturación y demás compromisos contractuales.

Claves del tema, en cuatro preguntas:

¿Qué cambio introdujo el Decreto 930 en el mecanismo de giro directo del sistema de salud?

El Decreto 930 incrementó del 80 % al 90 % el porcentaje mínimo del giro directo de los recursos del sistema de salud. La medida aplica para el régimen subsidiado, el régimen contributivo y los recursos de presupuestos máximos, con el objetivo de mejorar el flujo de recursos hacia hospitales, clínicas y proveedores de servicios de salud.

¿Por qué la ACHC considera importante la expedición del Decreto 930?

Según el director de la ACHC, Juan Carlos Giraldo, el decreto responde a una solicitud que el gremio venía impulsando desde hace tiempo como parte del Plan Extraordinario de Liquidez, ya que permitirá que los recursos del sistema circulen con mayor transparencia y rapidez hacia las instituciones que prestan los servicios de salud.

¿Qué beneficios espera la ACHC con el aumento del giro directo al 90 %?

La ACHC considera que la medida permitirá agilizar el movimiento de los recursos dentro del sistema de salud, mejorar la transparencia en su distribución y hacer que los pagos lleguen de manera más oportuna a hospitales y clínicas, fortaleciendo así su liquidez sin requerir recursos adicionales.

¿Qué petición hizo Juan Carlos Giraldo para garantizar el éxito de la medida?

El director de la ACHC pidió que el próximo Gobierno garantice la aplicación efectiva del Decreto 930 y ejerza una adecuada vigilancia y control, con el fin de asegurar que los recursos lleguen realmente a las instituciones prestadoras de servicios de salud que más necesitan liquidez.


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