La Sala Plena de la Corte Constitucional tendrá que recurrir al conjuez Carlos Pablo Márquez Escobar para resolver el debate de la reforma pensional, que enfrenta 85 demandas, incluyendo una con la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez que pide tumbarla por vicios de trámite.
El alto tribunal se estancó con cuatro votos a favor y cuatro en contra de la postura de Ibáñez, presidente de la corporación, así que designó a Márquez para que en las próximas deliberaciones desempate. El magistrado Héctor Carvajal no fue parte de la votación.
Márquez, escogido por sorteo en el plenario, es un abogado de la Universidad Javeriana. Tiene una maestría en Economía del mismo centro de estudios, donde ha sido docente, y una en Derecho de Harvard, además de un doctorado en Derecho de la Universidad de Oxford.
La Sala dejó sin voz ni voto a Carvajal por haber intervenido en tres de los procesos que la pensional encara. El hombre de confianza del presidente Gustavo Petro defendió para Colpensiones y el Ministerio de Trabajo la Ley 2381, así que fue recusado.
"El magistrado recusado emitió, de manera reiterada y previa a su posesión, conceptos jurídicos sobre la constitucionalidad de la misma disposición legal que ahora pretende juzgar", indicó la senadora Paloma Valencia, una de las demandantes, en un oficio para la Corte.
Para Carvajal, Ibáñez creó "un procedimiento no establecido en la ley" y desconoció el principio de buena fe, según una carta que le envió al jefe del alto tribunal mostrando su "enérgica protesta por la forma como se viene tramitando la recusación".
Ibáñez defiende que la Cámara de Representantes falló en el trámite legislativo de la reforma al aprobar exactamente el mismo texto que avaló el Senado sin ahondar en su contenido. El Congreso, por su parte, asegura que no cayó en ninguna irregularidad.
Por lo pronto, el choque de posturas se extenderá. La Corte tuvo este lunes la reforma pensional como único punto en su orden del día, pero el resto de la semana no tiene programada una próxima discusión al respecto. La norma seguirá suspendida, sin entrar en vigencia.