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Venezolanos ilegales no podrán acceder a medicamentos, según la Corte

La Corte Constitucional señaló que el Estado solo debe garantizar la atención básica de salud.

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Actualizado:
Lunes, Septiembre 24, 2018 - 17:50
Medicamentos
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Aunque los venezolanos en situación ilegal tienen derecho a la atención básica de urgencias en el sistema de salud a la que tienen derecho todas las personas, esto no incluye la entrega de medicamentos que proporciona el Estado a través de las EPS. 

Así lo estableció la Corte Constitucional al negar una tutela presentada por un  joven venezolano que se encontraba radicado en Colombia de manera irregular, es decir no contaba con documento de identidad válido. 

El joven fue diagnosticado con amigdalitis aguda no especificada relacionada al virus del VIH, en el hospital donde fue atendido se le ordenó la práctica de diferentes exámenes y la entrega de medicamentos, sin embargo éstos no fueron autorizados por el Instituto Departamental de Salud de Norte de Santander.

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Al respecto la Corte señaló que si bien los extranjeros en situación irregular tienen el derecho de acceder al sistema de salud en atención básica de urgencias, ello no cubre la obligación del Estado de proporcionarles medicamentos sobre todo en los casos en los cuales no se trate de una urgencia. 

“Los extranjeros que se encuentran de manera irregular en territorio colombiano no se encuentran afiliados al sistema de salud, les asiste la obligación de regularizar su situación, ya sea a través del Permiso Especial de Permanencia (PEP), el cual se admite como documento válido para su afiliación, o de la visa que corresponda a sus intereses”, señaló el Alto Tribunal. 

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En el caso concreto la Corte advirtió que no se presentó ninguna vulneración al derecho a la salud del ciudadano venezolano, pues le fue brindada la atención básica de urgencias que requirió en su momento, así las cosas, “Si su voluntad es la de acceder a los medicamentos que reclama, debe regularizar su situación en el país y, una vez ello ocurra, iniciar los trámites pertinentes en procura de afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud”, puntualizó la Corte. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información