Por quema y muerte de un bebé en una incubadora, Clínica Materno Infantil es sancionada

La Superintendencia Nacional de Salud se refirió al caso de Harold Nicolás Rodríguez Espinel.
Una de las incubadoras de la Clínica Materno Infantil Esimed
Una de las incubadoras de la Clínica Materno Infantil Esimed Crédito: Foto de LA FM

La Superintendencia Delegada de Procesos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Salud sancionó, en primera instancia, a la Clínica Materno Infantil de Esimed, con una multa de 2.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalentes a más de 2 mil millones de pesos, tras detectar fallas en la seguridad de Ia atención brindada a un bebé, quien falleció el pasado 25 de agosto de 2018.

Con doce días de nacido y por su bajo peso, el menor requirió manejo hospitalario que incluyó incubadora. Sin embargo, en la madrugada del 22 de agosto cayó a la superficie caliente del dispositivo médico, ocasionándole quemaduras de primero y segundo grado en al menos el 40% de su cuerpo, razón por la cual tuvo que ser trasladado al Hospital de la Misericordia, donde murió tres días después.

Lea aquí: La historia detrás de la muerte de un bebé en la Clínica Esimed Materno Infantil

Dentro de los hallazgos de la Superintendencia a la Clínica Materno Infantil de Esimed en la ciudad de Bogotá, se encontró que una de las fallas durante la atención de este paciente tuvo relación con una inadecuada aplicación de protocolos de confort en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatal y Ia tenencia de una incubadora dispuesta al servicio con elementos faltantes, los cuales, eran esenciales para la seguridad del menor.

Asimismo, se incurrió en falencias en los cuidados de enfermería, porque el paciente debía haber tenido los rollos o nidos, y el probable no uso de estos mecanismos de seguridad, los cuales debieron reportarse al área de mantenimiento, son conductas en las que presuntamente se incurre en fallas de ética profesional que serán trasladadas al Tribunal Ético de Enfermería.

Igualmente, se identificaron incumplimientos en el manejo de la historia clínica del menor, porque se venían haciendo notas de evolución retrospectivas, y no guardaban su orden cronológico, trasgrediendo la inmediatez que requiere el diligenciamiento de los registros clínicos conforme a la normatividad vigente. La Supersalud también consideró el informe de Ia Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, quien, tras la denuncia por el fallecimiento del menor, realizó una visita a Ia IPS, el 27 de agosto de 2018, evidenciando la falta de talento humano de enfermería y auxiliar de enfermería respecto a la cantidad necesaria establecida por la misma entidad de acuerdo con los servicios ofertados.

Además, la IPS no prestaba algunos de los servicios habilitados porque se encontraba en proceso de cierre. La Clínica Materno Infantil de Esimed podrá interponer los recursos de reposición y apelación ante la Superintendencia Nacional de Salud dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de notificación de este acto administrativo.


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