La decisión de la representante Gloria Arizabaleta de ordenar la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro sigue generando reacciones en distintos sectores políticos y jurídicos del país. Esta vez fue el presidente del Congreso, el senador Lidio García, quien rechazó de manera categórica la posibilidad de que una integrante de la Comisión de Investigación y Acusación pueda adoptar una medida de este tipo contra el jefe de Estado.
Durante una entrevista concedida a La FM, el presidente del Senado aseguró que la actuación no tiene sustento dentro del procedimiento constitucional previsto para investigar al mandatario y afirmó que, en caso de llegar a su despacho, la medida no será ejecutada.
Consultado sobre si un representante investigador de la Comisión de Acusación tiene facultades para suspender al presidente de la República, García respondió de forma contundente:
"Bueno, primero que todo tengo que decirte de manera tajante que no. y es imposible que que un representante de la comisión de acusación pueda suspender por sí solo al presidente por participación en política”
El presidente del Congreso sostuvo que la Constitución establece un procedimiento específico para los procesos que involucran al jefe de Estado y que la Comisión de Investigación y Acusación únicamente cumple funciones de investigación e instrucción.
“Eso es prácticamente absurdo, porque el procedimiento constitucional exige la investigación de la Comisión de Investigación de Acusaciones, como primer paso..”
El paso a paso del proceso constitucional
El presidente del Congreso explicó que cualquier actuación de este tipo debe seguir varias etapas dentro del Congreso:
“Después, una eventual aprobación de una acusación por la plenaria de la Cámara. Entonces tendría que pasar de la Comisión de Acusaciones a una acusación formal por la plenaria de la Cámara y, posteriormente, a un juicio político en la plenaria del Senado.”, indicó.
Y añadió que la decisión final recae en el Senado de la República:
“La adopción de la decisión correspondiente por el Senado dentro de las competencias previstas tienen que estar basadas en los artículos 174 y 175 de la Constitución.”
“No de sanción o suspensión directa del presidente”
García reiteró que la Comisión de Acusaciones no tiene funciones sancionatorias:
“La comisión de acusaciones según la ley quinta cumple, ojo, funciones de investigación e instrucción, no de sanción o suspensión directa del presidente.”
Y calificó como equivocada la interpretación del procedimiento:
“Así que eso me parece un absurdo y me parece una total irresponsabilidad y si tiene que llegar a mi despacho pues ya saben cual es mi respuesta"
“Me parece una salida como un chiste o una locura”
El senador también cuestionó el trasfondo de la controversia:
"Es que de verdad que yo no sé, pues esto me parece una salida más que todo como un chiste o una locura. Yo no entiendo realmente cuál son cuáles son los argumentos"
“Tengo 20 años en el Congreso”: nunca había visto algo similar
El presidente del Congreso afirmó que no recuerda un antecedente parecido:
“Yo no recuerdo nada parecido en la historia parlamentaria del país.”
En medio de la entrevista se le preguntó si consideraba que esta situación podía ser un juego del Gobierno para permitir que el presidente hiciera campaña en las dos últimas semanas antes de la segunda vuelta. Frente a esto, respondió:
“Indudablemente que que no le encuentro otra otra salida o otra respuesta a esto”
El presidente del Congreso concluyó que la Comisión de Acusaciones no tiene competencia para suspender al presidente Gustavo Petro y aseguró que, de llegar cualquier decisión a su despacho, esta no se ejecutaría.