Eduardo Noriega afirmó en entrevista con La FM que la decisión del Consejo Nacional Electoral dio por terminado el proceso contra el presidente Gustavo Petro en cumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional, mientras confirmó sanciones a otros investigados y anunció que el Pacto Histórico presentará una demanda de nulidad ante la jurisdicción contenciosa administrativa.
Noriega explicó que “se da por terminado el proceso en relación con el presidente de la República” y precisó que la decisión cumple la sentencia constitucional que impide investigar al mandatario por el Consejo Nacional Electoral. Señaló que el proceso continúa respecto de otros implicados y que “se confirma la sanción” en su contra, incluida la decisión sobre Ricardo Roa.
El delegado indicó que Colombia Humana y la UP desistieron de recursos con el fin de facilitar su fusión en el Pacto Histórico, al existir una norma que impide ese trámite si hay sanciones vigentes o procesos en curso. Añadió que la colectividad acudirá al contencioso administrativo para buscar la nulidad de la decisión, la cual, según dijo, “no compartimos” y “nos parece equivocada desde el punto de vista jurídico”.
¿Qué implica la decisión del Consejo Nacional Electoral sobre la multa?
Sobre los efectos de la sanción, Noriega señaló que la providencia ordena descontar la multa de los recursos que el Consejo Nacional Electoral gira a los partidos por gastos de funcionamiento. Explicó que “se descuenta por la derecha esos recursos” y advirtió que esa medida deja a las colectividades sin financiación para su operación, lo que calificó como una consecuencia política de la decisión que queda en firme.
Indicó que, ante ese escenario, acudirán al Consejo de Estado para solicitar la nulidad del acto y una medida cautelar. Afirmó que buscan “restablecer el orden” y evitar que el partido “se pueda ver afectado en su funcionamiento normal” mientras se resuelve el litigio.
¿Qué dijo Eduardo Noriega sobre los testigos electorales y las pruebas?
Frente a los señalamientos sobre testigos electorales, Noriega rechazó las conclusiones del Consejo Nacional Electoral y explicó que estos testigos son vinculados por partidos y campañas y que, en su mayoría, son voluntarios. Añadió que, cuando existe pago, este ocurre después de la campaña y durante el escrutinio, por lo que sostuvo que no se trata de recursos destinados a la campaña.
El delegado sostuvo que existe una discusión jurídica sobre si esos pagos pueden contabilizarse como gastos de campaña y afirmó que las pruebas utilizadas son “realmente frágiles”. Señaló que el Consejo Nacional Electoral se basó en testimonios para estimar el número de testigos y los montos, y dijo que “es un absurdo” concluir una supuesta violación de topes a partir de esos elementos.
Noriega también indicó que la Corte Constitucional estableció que el Consejo Nacional Electoral no es competente para investigar al presidente por topes electorales y que esa función corresponde a la Comisión de Acusaciones. Agregó que existe un término de caducidad de 30 días para investigar campañas presidenciales y afirmó que “no se respetó” en este caso, argumento que también será presentado en la demanda de nulidad.
En ese sentido, reiteró que la decisión inicial incluyó la terminación del proceso frente al jefe de Estado y sostuvo que esa determinación se ajusta a la sentencia de unificación. Insistió en que la controversia continuará en sede judicial y que el objetivo es obtener un pronunciamiento que anule la sanción y suspenda sus efectos mientras se decide de fondo. Concluyó que “acudiremos” a las vías legales y que presentarán los argumentos expuestos durante la entrevista.
Según dijo, el trámite seguirá conforme a la ley.