¿Proyecto de ley del Centro Democrático afectaría matrimonio gay y el aborto?

La senadora María del Rosario Guerra radicó la iniciativa que busca extender el concepto de objeción de conciencia a personas jurídicas.
María del Rosario Guerra, senadora del Centro Democrático
María del Rosario Guerra, senadora del Centro Democrático. Crédito: Colprensa

La senadora María del Rosario Guerra, del Centro Democrático, radicó un proyecto de ley estatutaria que extiende el derecho a la objeción de conciencia en el país y que, según se advierte, tendría serias implicaciones en temas sensibles como el matrimonio entre parejas del mismo sexo, el aborto y la eutanasia.

La iniciativa extendería la objeción de conciencia para las personas jurídicas y no solo para las personas naturales, lo que quiere decir que a nombre de una institución, un representante legal de una empresa podría acudir a esta figura para negar un servicio.

Esto implicaría que, aduciendo razones de orden religioso, filosófico, ético o moral, un notario podría negarse a casar a una pareja homosexual, o un hospital podría no practicar abortos o eutanasias de acuerdo a lo establecido por la Corte Constitucional.

Uno de los incisos del artículo 5 del proyecto establece lo siguiente: “Las personas naturales podrán objetar conciencia a través de las personas jurídicas que hayan conformado o de las que sean representantes en los casos en que el cumplimiento del deber jurídico determinado resulte contrario a los valores de la institución, debidamente reconocidos en sus estatutos, objeto o razón social, normas internas, o lo que haga sus veces”.

Asimismo, la iniciativa, en su artículo 6, establece cuáles son los sectores en los cuales se podría aplicar la denominada objeción de conciencia.

a) En la prestación de servicios de salud y en el ejercicio de profesiones u oficios de esta área.

b) En la prestación del servicio militar.

c) En el cumplimiento de obligaciones civiles, legales y laborales.

d) En las actividades de investigación científica.

e) En la prestación de servicios farmacéuticos.

f) En el ámbito educativo.

g) En el ejercicio del servicio público, en los términos que establece la presente ley.

h) En los servicios de Notariado y Registro.

El texto de la propuesta establece que “cualquier servidor público o particular que ejerza funciones públicas podrá objetar conciencia y abstenerse de conocer, tramitar o participar en actuación concreta y ocasional que se le presente en el ejercicio sus funciones y que no se corresponda con las funciones esenciales o propias del cargo”.

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En la exposición de motivos, la senadora Guerra argumenta que es totalmente factible objetar conciencia a través de las personas jurídicas, ya que la Constitución establece el derecho a la libertad de asociación en aras de alcanzar determinados fines o metas comunes.

“Negar la posibilidad de que las personas objeten conciencia a través de las instituciones que forman sobre la base de ciertas creencias y valores podría derivar en una violación de sus derechos fundamentales”, manifiesta.

Esta propuesta promete generar un fuerte debate en el Congreso de la República, ya que varias asociaciones LGBTI, al igual que organizaciones que defienden la práctica del aborto y la eutanasia, se han opuesto rotundamente al proyecto de ley.


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