Presidente Petro critica la C. Constitucional por tumbar decretos de emergencia en La Guajira

El mandatario dijo respetar las determinaciones de los magistrados pero dijo no estar de acuerdo.
Presidente Gustavo Petro en Tumaco, Nariño
Presidente Gustavo Petro en Tumaco, Nariño Crédito: Presidencia

En el evento de inauguración de un parque solar en La Loma (Cesar), el presidente Gustavo Petro volvió a criticar varias decisiones de la Corte Constitucional entorno a decretos emitidos por su Gobierno.

El mandatario dijo respetar las determinaciones de los magistrados, “pero no por eso tengo que decir que estoy de acuerdo”, refiriéndose específicamente a las sentencias con las cuales se tumbaron los decretos de emergencia económica y social en La Guajira, y la que tumbó el artículo 19 de la reforma tributaria que prohibía la deducción de las regalías.

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“Hace unos meses se expidieron dos sentencias de la Corte Constitucional que si uno las pone juntas en un libro sería, (...)ese libro sería de enseñanza mundial para mostrar lo que no se debe hacer”, dijo Petro.

Según el jefe de Estado, el mismo tribunal declaró el ‘Estado de Cosas Inconstitucionales’ en La Guajira por el incumplimiento de los derechos fundamentales de los habitantes del departamento y exhortó a las últimas administraciones para que tomaran las medidas necesarias con el fin de superar el incumplimiento que estaba generando la muerte de niños por desnutrición.

“Nosotros quisimos (...) acatar la sentencia, paralelamente hicimos una reforma tributaria para tratar de captar en las construcciones de riqueza más poderosas del país los dineros con los cuales poder atender las necesidades de la población humilde de la gente de Colombia. Entonces expedimos los decretos de emergencia para llevarle agua a La Guajira y en la reforma tributaria se aprobó que no se podían deducir del impuesto de renta”, argumentó.

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Sin embargo, “se juntan las dos sentencias una tumbando los decretos de emergencia y la otra permitiendo la deducibilidad de regalías en el impuesto de rentas en el primer caso y ahora lo estamos viendo impidiendo medidas rápidas para que el agua pudiera llegar al niño pobre contrario a lo que la misma Corte había dicho antes”.


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