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MOE: es importante la participación ciudadana en procedimiento legislativo especial

La Misión de Observación Electoral además manifestó que la refrendación es necesaria antes de que se le dé trámite al acuerdo especial para la paz.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Mayo 27, 2016 - 14:25

La directora de la MOE, Alejandra Barrios, reiteró la necesidad de dejar claro que la implementación de todas las acciones, nacionales o internacionales, que están contenidas en el acto legislativo, solo se puedan llevar a cabo cuando la ciudadanía refrende los acuerdos.


 


Según la interpretación que realizó la MOE sobre el proyecto de acto legislativo, el organismo indicó: “la MOE hace énfasis en que una vez firmado el acuerdo final por las partes de la negociación, éste debe ser refrendado popularmente para que se pueda avanzar en cualquier acción legislativa de implementación de los acuerdos”.


 


El organismo además resaltó la importancia de que la ciudadanía pueda participar en el procedimiento legislativo especial, a través de audiencias públicas en el Congreso, con el fin de que los ciudadanos tengan conocimiento sobre lo que se debatirá en los acuerdos. Las audiencias públicas, señaló la MOE, “son necesarias debido al impacto que pueden llegar a tener las leyes y actos legislativos que implementaran los acuerdos”.


 


Finalmente, la directora de la MOE indicó que pese a que es claro que las modificaciones de ley y actos legislativos son un trámite preferencial, no se ha aclarado cuando las mismas se incluirán en el procedimiento legislativo especial


 


La MOE manifestó su inquietud frente a las modificaciones de ley y actos legislativos dentro del trámite del procedimiento legislativo para la paz. Ya que aunque es claro que se trata de un trámite preferencial, de carácter expedito, el texto debatido hasta la fecha no señala en qué momento de la discusión estas modificaciones pueden ser consideradas dentro del procedimiento legislativo especial. En este sentido se solicitó que se aclare en qué parte del trámite pueden ser efectuadas estas modificaciones”.

Fuente:
Sistema Integrado Digital