Menores de edad ya no se podrán realizar cirugías estéticas en Colombia

El proyecto del senador Mauricio Lizcano fue aprobado en su último debate, y busca que solo en casos de extrema necesidad los menores.
Archivo La FM
Crédito: La FM

Con esta ley las únicas cirugías estéticas que se podrán practicar a los menores de edad serán aquellas que afecten, por ejemplo, el desarrollo de la personalidad.

El senador manifestó que los únicos procedimientos estéticos que quedarán reglamentados son rinoplastia, otoplastia, cirugías reconstructivas, cirugias iatrogénicas, cirugías motivadas por patologías físicas o psicológicas, peelings químicos y mecánicos superficiales, depilación laser.

Otras cirugías llamadas “innecesarias” no podrán ser practicadas en menores de edad, en este sentido procedimientos como: cirugías de implantes de senos y de glúteos, quieloplastia (aquella con la que se puede modificar el tamaño de los labios), liftings faciales y cirugías de parpados, abdominoplastias, liposucciones, lipoesculturas, inyecciones de botox o material de relleno, mesoterapias y demás procedimientos que se usen para inyectar grasa.

Así mismo, el proyecto contempla algunas restricciones en lo concerniente a la publicidad; en esos casos las publicidades para cirugías estéticas no se podrán hacer con menores de edad; se prohíbe además la promoción de procedimientos médicos y quirúrgicos estéticos dirigidos específicamente a menores.

El proyecto contempla una serie de sanciones para los infractores o quienes practiquen este tipo de cirugías, como multas superiores a los 500 salarios mínimos, hasta el cierre definitivo de los centros de salud y la pérdida de la licencia de funcionamiento.

También se propone que exista solidaridad entre los centros de salud y los profesiones en el pago de sanciones y eventuales daños ocasionados a los pacientes de este tipo de procedimientos.


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