Ley Anticorrupción: aprueban artículo que limitaría la libertad de expresión

Por injuria o calumnia contra funcionarios o exfuncionarios públicos, organizaciones comunitarias podrían perder su personería jurídica.
Plenaria del Senado de la República
Plenaria del Senado de la República. Crédito: RCN Radio

En la Plenaria de la Cámara de Representantes fue aprobado el polémico artículo en el proyecto 'Anticorrupción', calificado de censurar a la prensa para denunciar a servidores públicos.

Con 59 votos por el Sí 53 por el No, la Plenaria aprobó tres proposiciones de sustitución para modificar el artículo, eliminando las penas de cárcel y económicas a quienes injurien o calumnien a servidores públicos, pero manteniendo la cancelación o suspensión de la personería jurídica, tras haber negado las proposiciones que buscaban su archivo, presentadas por los congresistas Inti Aprilla, Gabriel Santos, Juan Fernando Reyes Kuri, María José Pizarro, León Fredy Muñoz, Wilmer Leal y Mauricio Toro entre otros.

"Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o un exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías, ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisito legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la Ley 906 de 2004”, señala el artículo aprobado.

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Aunque las penas de cárcel y económicas fueron eliminadas, la representante a la Cámara Juanita Goebertus señaló que "limitar la libertad de expresión y el derecho a la oposición es inconstitucional, abiertamente contrario a la Convención Interamericana. Es el camino de regímenes autoritarios a lo largo y ancho del continente, tanto de izquierda como de derecha. El debate debe darse en democracia y de ninguna manera a través de la persecusión penal. Si no se elimina en la conciliación, procederemos ante la Corte Constitucional para que lo declare inexequible".

El representante a la Cámara Gabriel Santos calificó la decisión como un "suicidio".

"Se consuma el suicidio de una clase política que se rehúsa a entender la crisis de legitimidad que sigue promoviendo. Un gobierno y un congreso que siguen blindando a sus miembros del escrutinio público".

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El congresista Germán Navas Talero indicó que "la decisión es un engendro. Con este mico que pretenden colgarle a esta nueva ley anti-corrupción, lo que realmente quieren es intimidar a la prensa. Señores: si no hubiese sido por la prensa, esta sería la hora en la que el país no se habría enterado sobre los 70 mil millones que nos abudinearon".

Inicialmente la ponencia por el representante de Cambio Radical, César Lorduy, planteaba que "el que mediante injuria o calumnia pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún servidor público, denunciando hechos falsos sobre él o su familia, incurrirá en prisión de 60 a 120 meses y multa de 13.33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.

Cabe destacar que el artículo aprobado, hace parte de los 89 del proyecto de ley 369 de 2021, a través del cual "se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción". El Proyecto deberá pasar a conciliación con el Senado de la República para convertirse en Ley , tras avanzar en cuarto debate en la plenaria con 93 votos contra 19.

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“El Proyecto de Ley tiene por objeto adoptar disposiciones tendientes a prevenir los actos de corrupción, a reforzar la articulación y coordinación de las entidades del Estado y a recuperar los daños ocasionados por dichos actos con el fin de asegurar promover la cultura de la legalidad e integridad y recuperar la confianza ciudadana y el respeto por lo público”, señala el documento.


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