En manos del Congreso, decisión de libertad para escoger el orden de apellidos de los hijos

Se radicó proyecto de ley que permite a los padres decidir el orden de los apellidos para sus hijos.
coche de bebé
Crédito: Pexels

Atendiendo al mandato de la Corte Constitucional, se radicó en el Congreso el proyecto que reglamenta la manera como los padres deciden el orden de los apellidos para sus hijos.

Este proyecto de ley establece que: en el caso que una pareja no llegue a algún acuerdo para establecer el orden de los apellidos de su hijo recién nacido, se pueda someter la decisión a un sorteo.

El pasado martes, la Sala Plena de la Corte Constitucional estableció que las parejas podrán, en común acuerdo, elegir el orden de los apellidos que tendrán sus hijos en el momento de realizar el respectivo registro.

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Este proyecto de ley establece nuevas normas que regulan el momento del registro del menor ante la Notaría y la Registraduría Nacional.

Una de las autoras de la iniciativa es la representantante María José Pizarro quien afirma que la iniciativa reivindica aún más a la mujer.

"Busca efectivamente materializar lo que la sentencia de la Corte Constitucional dispuso y es que se puedan establecer unas normas para el orden de los apellidos que nacen. Que los padres de común acuerdo puede escoger si quieren poner primero el apellido de la madre y luego el apellido del padre en caso que no haya acuerdo se pueda realizar un sorteo", afirmó la representante Pizarro.

La sentencia emitida por la Corte Constitucional señala:

“En el registro de nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito, el primero del padre, seguido del primero de la madre, si fuere el hijo legítimo o extramatrimonial reconocido o con paternidad judicialmente declarada; en caso contrario, se le asignarán los apellidos de la madre”.

En su decisión la Corte determinó que se debe eliminar la expresión “seguido del” y le dio plazo al Congreso de dos legislaturas para que reglamente el tema, es decir hasta el 20 de junio de 2022, si no lo hace “deberá entenderse que el padre y la madre de común acuerdo podrán decidir el orden de los apellidos de sus hijos”.


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